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SVS anuncia que apelará al fallo que anuló multas a Leonidas Vial y LarrainVial

Asimismo, la Superintendencia de Valores y Seguros ratificó los elementos que justificaron las sanciones aplicadas en septiembre de 2014.

03 de Diciembre de 2015 | 15:40 | Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) confirmó esta tarde que apelará a la resolución de la jueza suplente del 29° Juzgado Civil de Santiago, María Cecilia Morales, que anuló las multas aplicadas en contra de Lonidas Vial (UF 500.000) y la corredora de bolsa LarrainVial (UF 200.000), en el marco del Caso cascada.

"La SVS no ha sido notificada formalmente de la resolución de la jueza del 29° Juzgado Civil de Santiago. Sin perjuicio de ello, como corresponde a un resultado de primera instancia, el cual será analizado en profundidad en cada uno de los argumentos que el tribunal tuvo en cuenta para dictar su resolución, la Superintendencia, representada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), llevará el caso a las instancias superiores del Poder Judicial, en este caso la Corte de Apelaciones de Santiago", dijo en un comunicado.

Asimismo, enfatizó que ratifica "todos y cada uno de los elementos contenidos en su Resolución de Sanción N°223 de 2014", en orden a que, "del análisis de más de un millón de transacciones bursátiles, se pudo constatar la existencia de una secuencia de operaciones de compra y venta de acciones, con patrones comunes y reiterados en el tiempo y con el concurso de los mismos participantes, estableciéndose de esta forma la existencia de un esquema coordinado de operaciones, afectando los principios básicos sobre los que se funda el mercado de valores: la fe pública, la confianza, la transparencia y el buen gobierno corporativo".

En el fallo, la jueza Morales descartó que se haya comprobado un vínculo y acuerdos previos entre las sociedades de Leonidas Vial y las llamadas `cascadas`.

En cuanto a LarrainVial, sostuvo que la corredora ha cumplido "con todas sus obligaciones exigidas por su naturaleza, no correspondiéndole objetar ni conocer la intención con que sus clientes compran o venden acciones", lo que finalmente fue objetado por la SVS.
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