SANTIAGO.- El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió el requerimiento por colusión presentado en julio del año pasado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) contra las cuatro mayores empresas proveedoras de asfalto del país.
En su sentencia, el TDLC resolvió eximir del pago de multa a Enex, por haberse acogido al mecanismo de delación compensada, y aplicar a las otras tres empresas multas que en conjunto suman 4.138 Unidades Tributarias Anuales, lo que equivale a aproximadamente US$ 3 millones.
La mayor sanción fue para Química Latinoamericana (1.790 UTA), seguida de Asfaltos Chilenos (1.630 UTA) y Dynal (718 UTA).
Las compañías fueron acusadas de haber acordado un mecanismo para asignarse la provisión de asfalto para la construcción, reposición y/o reparación de obras, rutas y faenas viales u obras privadas entre 2011 y 2012, con un precio mayor que el que hubieran obtenido en un escenario competitivo.
La Fiscalía comenzó a investigar el tema luego de que en noviembre de 2012, Enex presentó una solicitud de delación compensada, informando la existencia y forma de operar del acuerdo.
El TDLC también impuso la obligación de adoptar por un plazo de cinco años un programa de cumplimiento en materia de libre competencia, acorde a la "Guía de Programas de Cumplimiento de la Normativa de Libre Competencia", elaborada por la FNE.