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SII ratifica que costas por juicios contra Isapres son gastos rechazados y deben cumplir con impuestos

Las sumas liquidadas por concepto de impuestos al conjunto de las siete empresas del sistema fiscalizadas ascienden a $6.571 millones, las que sumados los reajustes, intereses y multas, alcanzan a $12.647 millones.

30 de Agosto de 2016 | 17:07 | Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- El Servicio de Impuestos Internos (SII) confirmó que las costas personales originadas en los juicios de cotizantes en contra de las Isapres por aumentos unilaterales de los planes de salud son gastos rechazado.

El fiscalizador estableció que las Instituciones de Salud Previsional deberán cumplir con el impuesto especial que establece el artículo 21 de la misma norma, que impone un impuesto del 35% sobre el monto de los gastos donde se incluyen tales costas.

La decisión anterior está siendo comunicada oficialmente a las instituciones de Salud Previsional por la Dirección de Grandes Contribuyentes, a través de las liquidaciones respectivas que consideran los años tributarios 2013, 2014 y 2015.

El SII aclaró que las sumas liquidadas por concepto de impuestos al conjunto de las siete empresas del sistema fiscalizadas ascienden a $6.571 millones, las que sumados los reajustes, intereses y multas, alcanzan a $12.647 millones.

De esta manera el SII ratificó "su criterio histórico en tal sentido luego de haber analizado detalladamente, desde el punto de vista normativo, jurídico y de fiscalización, los antecedentes y presentaciones efectuadas por los mismos interesados, proceso que incluyó una serie de reuniones con los representantes de las Isapres y de la Asociación Gremial que las agrupa, en que éstos expusieron sus argumentos".

El pronunciamiento definitivo del Servicio está contenido en un oficio respuesta del Director Nacional del SII a una consulta de la Dirección de Grandes Contribuyentes, acerca de la situación tributaria de los gastos por concepto de costas personales a las que fueron condenadas las Isapres en la tramitación de recursos de protección iniciados por afiliados a esas instituciones reclamando alzas unilaterales de sus planes de salud.

Ello, luego de que en el marco de un plan de fiscalización sobre gastos rechazados del artículo 21 inciso 1° de la Ley sobre Impuesto a la Renta iniciado el año pasado, se notificó a estas Instituciones para verificar el tratamiento tributario aplicable a las costas personales a las cuales fueron condenadas en la tramitación de recursos de protección, respecto de los años comerciales 2013, 2014 y 2015.
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