Las millonarias pérdidas de las isapres por el congelamiento de los planes durante la pandemia, la judilización por la adecuación de precios y el aumento de las licencias médicas, tienen a las aseguradoras en la cuerda floja.
Lo anterior, se ha visto agudizado por los golpes que ha dado la Corte Suprema con recientes fallos que han puestos nuevos bordes para las alzas en los planes de salud que pueden implementar las isapres anualmente y, sobre todo, lo que dice relación con las tablas de factores.
Actualmente,
más de tres millones de personas están afiliadas en alguna isapre, y no son pocas las voces que alertan que el complejo escenario financiero por el que atraviesan las isapres -mientras el Gobierno busca impulsar una reforma para implementar un sistema único de salud- está poniendo en jaque su futuro. Por eso, existe una importante preocupación por lo que pasará con las personas adeheridas a este sistema, en caso de que la quiebra llegue para algunas isapres.
Si bien en la actualidad existe una regulación que establece una serie de normas de solvencia y protección de personas incorporadas a instituciones de salud previsional, administradora de fondos de pensiones y compañías de seguros -Ley N° 19.895, motivada precisamente por el quiebre de la Isapre Vida Plena el año 2003, desde el Congreso comienzan a deslizarse propuestas para aumentar la protección de los afiliados a isapres.
En ese sentido, el diputados y presidente de la comisión de Salud de la Cámara, Tomás Lagomarsino, anticipa un oscuro escenario en caso de que una o más isapres entren en insolvencia, y paralelamente otra pueda estar quebrando, afirmando que la ley no cuenta con las herramientas necesarias para dar una solución efectiva.
Por ende, a su juicio, cientos de miles de beneficiarios que padecen enfermedades preexistentes y que han cotizado por muchos años corren el riesgo inminente de quedar en la indefensión en su cobertura de salud.
Ante esa situciacón Lagomarsino presentó un proyecto de ley que busca que dar la garantía a los actuales beneficiarios de que, ante la quiebra de una isapre, será el Estado quien asuma la responsabilidad de otorgar los beneficios contratados, sin deterioro de coberturas ni cambios sustanciales en las condiciones contratadas, y las sentencias judiciales que obliguen la entrega de prestaciones a sus beneficiarios.
"Cerca del 40% de los afiliados de las Isapres tienen alguna preexistencia que genera un grado de cautividad, es decir, no tienen la alternativa de movilizarse a otra Isapre y hay muchos pacientes que han ganado fallos en la Corte Suprema y que les entregan medicamentos de alto costo y si alguna de ellas quiebra por supuesto que nadie se haría responsable de aquellos fallos”, sostuvo Lagomarsino.
Para lograr lo anterior, se proponen tres reformas al Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del Ministerio de Salud del año 2006.
Primero, modifica la disposición que, de declararse desierta la licitación de la cartera de afiliados de la Isapre intervenida y previo a la cancelación de su registro, permite a la Superintendencia transferir la cartera, sus obligaciones contractuales y judiciales, y trabajadores que cumplan labores esenciales al Fonasa. Asimismo, crea un Régimen Especial - una nueva letra E de cobertura en Fonasa - y establece quiénes serán afiliados de este régimen especial, sus obligaciones, características de los convenios para entregar prestaciones a sus beneficiarios, financiamiento, entre otras materias.
Si bien el congresista calificó el régimen especial como “grupo E” aclaró que "en ningún caso tiene similitudes prácticas con los grupos tradicionales de Fonasa (A,B,C y D), si no más bien es un régimen especial en la cual las personas que estuvieron afiliadas a una Isapre que quebró tienen que seguir pagando lo que establece su contrato y recibiendo las prestaciones en dicho plan firmado por cada uno de los afiliados".
Según la propuesta, esta salida a la crisis terminal de las isapres es viable, ya que se transfieren las mismas obligaciones prestacionales (de salud y SIL) y los mismos ingresos, pero se elimina el gasto de administración del sistema isapre que en promedio es de un 12% del ingreso operacional, eliminando el déficit que estas mantienen en la actualidad.
El documento legislativo presentado por Lagomarsino, indica que la creación de un régimen especial en Fonasa requerirá que la institución cree un área de gestión tanto de los contratos de los beneficiarios, sus convenios y otros requerimientos que ahora tendrían como partes a los afiliados del régimen especial y al Fonasa. Para ello se podría recurrir a los mismos equipos de gestión de beneficios de las isapres en extinción, incluyendo la transferencia de los sistemas de información y trabajadores esenciales para gestionar tales contratos y convenios.
Asimismo, se establece que estos nuevos costos del Fonasa serían con cargo a los nuevos ingresos, por lo que no implica un costo fiscal.
Finalmente, el proyecto establece que ante la eventualidad de que un afiliado desee no ser transferido a este régimen especial, podría reafiliarse a otra isapre, o afiliarse al Fonasa en el régimen ordinario y disponer de su cotización voluntaria para pagar otro seguro complementario.