El homicidio de Manuel Guerrero, José Manuel Parada y Santiago Natino ocurrió el 30 de marzo de 1985.
El Mercurio (Archivo)
SANTIAGO.- En fallo dividido, la Tercera Sala de la Corte Suprema mantuvo a firme el fallo de la Octava Sala del tribunal de alzada de Santiago que le concedió el beneficio de la libertad condicional a uno de los condenados en el caso Degollados.
Se trata del ex carabinero Alejandro Sáez Mardones, sentenciado a cadena perpetua por su participación en el crimen de los profesionales Manuel Guerrero, José Manuel Parada y Santiago Natino, hecho ocurrido el 30 de marzo de 1985 en la capital.
La sentencia del máximo tribunal del país confirma íntegramente que lo resuelto por la comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago fue ilegal y arbitrario, al no conceder el beneficio solicitado, pese a que se cumplía con los requisitos para acceder a él.
Pero la Corte de Apelaciones había acogido el pasado 10 de julio un recurso de protección en favor de Sáez Mardones, otorgando dicho beneficio.
La ministra integrante de la Corte Suprema, Rosa Egnem, votó en contra de la ratificación respecto del interno, por considerar que el informe psicológico del condenado muestra "ausencia en la conciencia del daño causado".
Actualmente, dicho condenado cumple 22 años de su pena a presidio perpetuo, y está internado en el penal de Punta Peuco.