SANTIAGO.- La Corte Suprema dictó sentencia definitiva y ratificó así las condenas de 5 y 10 años dictadas en primera instancia en contra de dos funcionarios en retiro de Carabineros involucrados en el crimen de tres agricultores, cometidos entre octubre de 1973 y julio de 1974 en la ciudad de Carahue, Región de La Araucanía.
En fallo dividido, la resolución de la Segunda Sala del máximo tribunal del país acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que rebajó las condenas dictadas en primera instancia el ministro en visita Álvaro Mesa Latorre, a cargo de la investigación por los homicidios calificados de Segundo Cayul Tranamil y de Juan Segundo Palma Arévalo y Arcenio del Carmen Saravia Fritz.
La Sala Penal de la Corte Suprema decidió aplicar al sargento primero (r) René Segundo Illesca González una pena de 10 años y 1 día de presidio en calidad de autor de los delitos de homicidio calificado de los tres agricultores.
A su vez, ratificó la condena de 5 años y un día de cárcel para el carabinero (r) Máximo Arturo Venegas Véjar, como autor del delito de homicidio calificado de Segundo Cayul Tranamil.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en el proceso, Segundo Cayul Tranamil, 35 años, agricultor, sin militancia política, domiciliado en la localidad de Quechocahuín de la comuna de Puerto Saavedra, fue detenido el 1 de junio de 1974 por Carabineros del Retén de Puerto Domínguez.
Tras ser detenido fue conducido hasta la unidad policial local y posteriormente a bordo de un bus de pasajeros fue llevado hasta Carahue a un sector llamado "Tres Esquinas", donde fue ejecutado de un tiro en la cabeza.