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Caval: Fiscalía dice que "no hay obstáculo" para formalizar al síndico Chadwick

El abogado del ente nacional, Pablo Campos, rebatió los argumentos del defensor Ciro Colombara y reafirmó que hubo "ventajas indebidas".

27 de Enero de 2016 | 11:41 | Por Francisco Águila, Emol
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El Mercurio (archivo)
SANTIAGO.- "No se ve ningún obstáculo para que se le formalice (por ventajas indebidas del síndico)".

Así comenzó su participación el abogado Pablo Campos, quien es jefe de recursos procesales de la fiscalía nacional, en la audiencia por el caso Caval en el Tribunal Constitucional.

El representante del Ministerio Público explicó ante los jueces que la solicitud del Herman Chadwick de que se suspenda la formalización en su contra por el de "ventajas indebidas del síndico", está errada.

Lo anterior porque, según dijo, el artículo 12 de la Ley de Quiebras habilita los ilícitos de la norma con que el abogado del profesional, Ciro Colombara, argumentó inconstitucionalidad, o sea el artículo 38 de la antigua normativa.

"Creemos que no puede ser soslayado para estos efectos porque se ha señalado que el artículo 12 permite la aplicación de la norma de ventajas indebidas del síndico y no es contraria a la Constitución", aseveró.

En ese sentido criticó a la defensa del síndico señalando que "lo que en definitiva la discusión que se está planteando es un problema de aplicación de la Ley Penal en el tiempo y eso es algo que corresponde resolver a los jueces de fondo de Garantía y Oral".

Por su parte el abogado Daniel Martorell, representante del Consejo de Defensa del Estado, se sumó a la solicitud de la Fiscalía y explicó que pese al cambio en la Ley de Quiebras, no es efectivo que se haya despenalizado la conducta de "ventajas indebidas".

Asimismo, criticó que Colombara haya dicho que Chadwick fue un síndico liquidador, pese a que en los escritos, él aparece como el titular.

Martorell coincidió con el abogado Campos respecto a que es un juez de fondo el que tiene que zanjar lo que pide Chadwick y calificó de "espuria la argumentación porque nos lleva a la interpretación de la norma".

Además también se refirió a la solicitud de Colombara de que no se formalice al síndico por "ventajas indebidas", pero que sí pueda ser imputado por otros delitos.

"No existen las suspensiones parciales, porque sería a la medida del requirente y el procedimiento es uno solo. Si se accede a la suspensión parcial sería pernicioso, porque habría personas que no se podrían formalizar y otros que sí", señaló.