SANTIAGO.- El director del Trabajo, Christian Melis, informó hoy que los 5 días de permiso laboral para quienes contraen matrimonio, sí son aplicables a los convivientes civiles, por lo tanto es una obligación de la empresa privada conceder ese derecho.
De esa manera, la Dirección del Trabajo reevaluó su postura inicial, pues el 10 de octubre del 2015 había indicado que tal derecho no era aplicable a los convivientes civiles.
Al respecto, el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, organismo que había solicitado la aclaración a la Dirección del Trabajo, aseguró que “estamos muy satisfechos por este nueva reinterpretación, en tanto se hace cargo de la igualdad ante la ley. Si bien, la obligatoriedad de cinco días de permiso laboral será sólo aplicable a la empresa privada, pues el sector público se rige por otras normas, esto es un importante avance”.
Jiménez llamó “a todos los convivientes civiles a los cuales se negó el derecho de los cinco días de permiso laboral a exigirlo en las empresas privadas. Si este es negado, no ponemos desde ya a disposición de los afectados para iniciar acciones legales contra las empresas”.