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Tribunal declara como delito terrorista ataque al Subcentro de Escuela Militar y condena a uno de los tres acusados

Se trata del primer caso de colocación de bombas calificado como tal por un tribunal del país. Además, no se consideró la misma calificación para los atentados a la 1ª comisaría de Carabineros y la estación Los Dominicos del Metro.

21 de Diciembre de 2017 | 12:36 | Por Francisco Águila, Emol
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La audiencia se desarrolló hoy tras dos años de investigación.

Agencia Uno
SANTIAGO.- El 6° Tribunal Oral en Lo Penal de Santiago declaró como delito terrorista el ataque con artefacto explosivo al Subcentro ubicado en la estación Escuela Militar de la Línea 1 del Metro, en Las Condes, y condenó a uno de los tres acusados por la fiscalía.

Se trata del primer caso de colocación de bombas calificado como tal por un tribunal del país en democracia.

El imputado es Juan Flores Riquelme condenado por los delitos de posesión de bomba, lesiones menos graves (seis casos) y daños (uno), por lo que seguirá privado de libertad por el delito ocurrido en julio de 2014 y para quien el Ministerio Público pide cadena perpetua.

En tanto, los otros dos investigados por el bombazo en el Subcentro, Nataly Casanova Muñoz y Enrique Guzmán Amadeo, fueron absueltos por el tribunal, por lo que recuperarán su libertad durante esta jornada.

Flores también fue declarado culpable del bombazo en la estación Los Dominicos del Metro, ocurrido el 8 de septiembre de 2014, aunque el tribunal no lo consideró delito terrorista, como tampoco el atentado a la 1ª comisaría de Santiago.

Por este último hecho también era investigado, pero finalmente fue absuelto por el tribunal, al igual que Casanova y Guzmán.

Dado este ataque a dicha unidad policial, ocurrido en agosto de 2014, la fiscalía lo acusó de acudir a la esquina de Monjitas con Mac-Iver, donde puso un artefacto explosivo debajo del auto de un teniente de Carabineros que explotó cerca de las 23:00 horas, causando daños al vehículo y ventanales de un edificio de departamentos cercano y de la unidad policial.

El tribunal consideró que esta acción no es un delito terrorista, sino que delito de daños.

La jueza presidente del tribunal, Virginia Rivera, leyó el fallo; acompañada de los magistrados Gabriela Carreño, Washington Jaña y Emilio Tagle. La lectura de la sentencia, es decir, la pena que deberá cumplir el único condenado, se fijó para el 15 de marzo a las 12:00 horas.
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