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Religiosos obligados a denunciar abusos: La norma dictada por el Papa Francisco bajo la lupa de expertos

Si bien los entendidos destacan el "avance" en el orden de los procesos que significa la medida, existen posturas enfrentadas respecto a si esto contribuirá a que las denuncias lleguen al Ministerio Público.

09 de Mayo de 2019 | 14:46 | Por Tomás Molina J., Emol
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EFE
SANTIAGO.- "Vos estis lux mundi" (ustedes son la luz del mundo), es nombre con el que el Papa Francisco bautizó la norma que establece nuevos procedimiento para denunciar abusos y encubrimientos al interior de la Iglesia, como la obligación de los religiosos y religiosas a dar cuenta sobre cualquier indicio de aquello a la autoridad eclesial correspondiente.

Además, la medida comunicada hoy instruye los pasos que debe seguir cada diócesis y exige mayor celeridad en las investigaciones preliminares -no más de 90 días-, sumado a la protección de los denunciantes y víctimas, quienes no pueden ser objetos de "prejuicios, represalias o discriminación", por lo que nadie puede imponerles la obligación de silencio. También estipula que todas las diócesis del mundo deben contar, antes de junio de 2020, con un sistema accesible a cualquiera que quiera denunciar.

Al respecto, cercanos a la Iglesia católica y expertos en la materia destacan el "avance" que significa esta medida en materia de orden en los procesos canónicos de investigación, aunque existen posturas enfrentadas respecto a si con esto se dan mayores garantías de que las denuncias lleguen a manos de la justicia civil.

Un avance "notable"


"El documento representa un avance notable por establecer normas universales, claras y de aplicación vinculante", sostuvo a Emol la teóloga de la Universidad Católica, Claudia Leal, agregando que aún es muy anticipado asegurar si esta norma conducirá a investigaciones más eficaces o que impulsará a más víctimas a denunciar. "No podemos saber si con esto es suficiente. De hecho se trata de un cuerpo normativo 'ad experimentum' que la Iglesia pondrá a prueba durante tres años".

"En Chile puede tener -espero- una gran repercusión porque hay una larga lista de personas que desean entregar formalmente sus relatos de abusos, sin necesariamente denunciar o exponerse públicamente. Es muy importante que la Conferencia Episcopal ponga los medios para que la implementación de esta carta apostólica sea masiva, clara y al servicio de las víctimas", señaló.

"El documento representa un avance notable por establecer normas universales, claras y de aplicación vinculante"

Claudia Leal
Por su parte, el vocero de los laicos de Osorno, Juan Carlos Claret, destacó que esta norma "obliga a las congregaciones a informar al obispo diocesano sobre un abuso sexual al interior de ella. Esto es importante porque hasta hoy el provincial jesuita, por ejemplo, no tenía porqué informar al obispo diocesano".

También subrayó el "avance" de que se fije un plazo de 90 días en las investigaciones, ya que "en cuanto a plazos para investigar hasta la fecha no hay regulación clara. Víctimas podían pasar años esperando".

"Había una serie de confusiones"


Para el teólogo y doctor en filosofía moral de la Universidad de Chile, Álvaro Ramis, la medida dictada por el Papa viene a ordenar y terminar con las "confusiones" que significan la tramitación de denuncias. "No queda al arbitrio de las diócesis, sino que tiene un mandato perentorio de establecer mecanismos de denuncia".

"Hasta este momento había toda una serie de confusiones porque en general la tramitación de estas denuncias corría por causes muy diferenciados de diócesis a diócesis, porque los principios doctrinales eran muy claros, pero los procedimientos eran totalmente disimiles entre una diócesis y otra", sostuvo.

Entonces, continuó, "eso va generando una forma de tramitar los temas que quedaban al árbitro del obispo de turno. Eso obviamente que era muy complicado porque el obispo de turno muchas veces era el acusado o el involucrado directo", añadió.

Por lo mismo, recalcó que "ahora hay una institucionalidad global que debe más o menos poderse controlar, porque hay organismos recíprocos, interdiocesanos de control, que impiden que un obispo haga y deshaga su parcela".

Denuncia al Ministerio Público


La norma papal coincide con la discusión en Chile respecto a si los sacerdotes debiesen tener la obligación de denunciar eventuales abusos sexuales ante el Ministerio Público, incluso algunos parlamentarios plantean en que el secreto de confesión no sea un impedimento para aquello. El mismo tema, además, llevó a la firma entre la fiscalía y la Conferencia Episcopal de un polémico convenio de colaboración que al cabo de pocos días fue desechado.

Al respecto, según Claret, esta regulación de los protocolos de la Iglesia "reafirma sus investigaciones" pero mantiene "las leyes del secreto". En consecuencia, se preguntó: "¿Cómo lo hará el Ministerio público para conocer las denuncias que conozcan los obispos? La respuesta que da el Papa en este reglamento es que deben colaborar en la medida que la legislación nacional lo establezca".

"Quedamos donde mismo. Porque en vez de que el Papa obligue a los obispos a entregar los antecedentes a la justicia, los obliga a mantenerlos bajo la lógica vaticana, no quedándole más alternativa a fiscalía que firmar convenios truchos con la Iglesia", agregó.

"Hay una obligación implícita en el texto que los obligaría a hacer esa denuncia (ante la justicia civil). O uno podría apelar a este texto como una obligación interna de la Iglesia que lleva a hacer eso".

Álvaro Ramis
Opinión distinta es la que tiene Ramis, quien afirmó que si bien no hay en dicha norma una "obligación perentoria" de los religiosos a denunciar ante el Ministerio Público, dijo que "está claro que lo que pide esto es no llegar a tener acciones y omisiones dirigidas a interferir o eludir investigaciones civiles o canónicas".

"Es decir, hay una obligación implícita en el texto que los obligaría a hacer esa denuncia. O uno podría apelar a este texto como una obligación interna de la Iglesia que lleva a hacer eso", comentó.

Asimismo, indicó que la nueva medida "limita la excusa, porque se ha usado como excusa el secreto de confesión para impedir la denuncia, entonces zanja el tema. Dice 'mira, lo que es el secreto de confesión es una cosa, pero eso no implica que la víctima pueda denunciar en esta otra instancia, por lo tanto, esa instancia tiene que ir a los tribunales. La instancia de denuncia es esta, y aquí usted va a actuar bajo ese principio de publicidad: va a tener que ir a los tribunales".
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