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Piñera promulga ley que permite dar un nombre a hijos que mueren antes de nacer

Con la creación de un Registro Nacional de Mortinatos, la madre o a quien autorice puede realizar el trámite. La iniciativa se aplicará de manera retroactiva con casos ocurridos antes de la entrada en vigencia.

13 de Agosto de 2019 | 10:43 | Por María Cristina Romero, Emol
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El Presidente Sebastián Piñera y el ministro de Justicia, Hernán Larraín.

Aton Chile.
SANTIAGO.- El Presidente Sebastián Piñera promulgó este martes la ley que crea el Registro Nacional de Mortinatos, la cual permitirá voluntariamente a madres y padres sepultar con un nombre y apellido a un hijo que muere antes de nacer.

Esta iniciativa, busca dar un trato más humano a quienes murieron durante la gestación, permitiendo que los padres puedan vivir de mejor forma el duelo. Hasta ahora, la regulación no permitía su individualización en caso que se deseara darles sepultura.


"Yo creo que hoy es un buen día para la dignidad de la vida, para el valor de los niños, para el sentido de la familia, porque con un proyecto muy simple estamos dando un paso adelante hacia una sociedad más humana, una sociedad que comprenda mejor el dolor de los demás, que sea capaz de sentirlo como propio y que sea capaz de avanzar para atenuar, mitigar ese dolor, aunque sea con un gesto simbólico como es darle un nombre", afirmó el Mandatario.

"Por eso hace un año, enviamos al Congreso un proyecto de ley bajo estas palabras "Tu Nombre Es Mi Recuerdo". Porque el recuerdo es muy importante en la vida; uno vive de las esperanzas del futuro, pero también vive de los recuerdos del pasado", indicó.

De esta forma, con la creación del Registro Nacional de Mortinatos en el Registro Civil, la madre, o a quien autorice, puede inscribir voluntariamente, a los hijos que han fallecido en el proceso de gestación. Esto podrá realizarse en cualquier momento posterior a la muerte.

Tras la actividad, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, señaló que "es una ley muy sencilla, porque a través de un gesto como es la posibilidad de inscribir en el Registro Civil y por lo tanto, darle a la sepultura, de un hijo o hija que murió antes de ser, se perpetua su recuerdo en el tiempo. No queda como un mero resto biológico, un feto que se perdió, sino como un nombre y eso acompaña y mitiga el dolor".

La ley podrá aplicarse de manera retroactiva en aquellos casos ocurridos antes de su entrada en vigencia. Con ello, quienes puedan acreditar con certificado estos hechos, podrán solicitar su inclusión en el catastro y la individualización de su tumba.

Además, el Registro Nacional de Mortinatos permitirá la individualización con nombre y apellido, sexo y el nombre de los padres. Esta ley tampoco conlleva ninguna modificación en el estatuto jurídico de las personas, no crea ni cambia derechos civiles ni de familia; no genera efectos en la filiación; ni considera como una persona al mortinato a efectos del derecho civil.
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