SANTIAGO.- En forma unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por un arrendatario en contra de su ex arrendandor por una "funa" a través de la red social Twitter.
La Novena Sala -integrada por las ministra Adelita Ravanales, María Rosa Kittsteiner y el abogado (i) Gonzalo Ruz- estableció un actuar arbitrario del propietario, el animador Antonio Vodanovic, del inmueble al "hacerse justicia por mano propia" en un conflicto comercial.
"Los términos de la publicación y su alcance dan cuenta de que se está en presencia de un acto autotutelar, ejecutado al margen del ordenamiento del jurídico, donde el recurrido pretende hacerse justicia por mano propia", dice el fallo.
El documento agrega que la conducta de Vodanovic se "aparta de las vías que el derecho pone a su disposición para la satisfacción de sus intereses, amparándose en una causal de justificación que no resulta aplicable en la materia".
"En efecto, según se advierte del informe evacuado en estos autos, es el propio recurrido, al pretender justificar la publicación invocando los sentimientos que experimentó e incluso una causal de justificación en materia penal, quien reconoce que sus dichos no se ajustan a la legalidad".
El caso
De acuerdo a la mujer, tras casi 10 años arrendando la propiedad ubicada en la comuna de Providencia, en 2018 tuvo problemas económicos que le impidieron seguir cancelando el arriendo.
Se inició así una demanda para el término del contrato, llegando a un acuerdo en junio de 2019, donde se estableció, entre otras cosas, restituir el departamento en cuestión el 22 de julio de ese año.
Aquello se cumplió y sin embargo Vodanovic señaló a través de su cuenta de Twitter en julio de este año: "A esta mujer no la puedo demandar por no pago de arriendo, gastos comunes ni destrozos de mi propiedad.. Pero al menos la voy a funar por ser un peligro para la sociedad... sinvergüenza".
"(Escribí) en un acto de verdadera legítima defensa de sus derechos y de arrebato y ofuscamiento, cegado por la rabia e impotencia".
Antonio Vodanovic en recurso.
El texto lo acompañó con una foto del perfil de Facebook de la mujer.
Aquello, aseguró, le generó impacto en varias redes sociales, "trayendo consecuencias devastadoras, ya que se encuentra buscando trabajo y tratando de recomponer la vida íntima y familiar, viéndose involucrados sus hijos pequeños, menores de edad".
Por su parte, Vodanovic explicó que en la audiencia por término de contrato la mujer reconoció que adeudaba $2.613.075 por gastos comunes y cerca de $1.920.000 por rentas impagas. También que esta solicitó al tribunal un plazo de 90 días para restituir el inmueble, cuestión que se disminuyó a un plazo de 30 días si se le condonaban las deudas.
Una vez recuperado el departamento emplazado en avenida Providencia, el animador señaló que este se encontraba en "estado desastroso y deplorable". También que constató a través de Facebook que la mujer se encontraba de vacaciones en Miami y que el mensaje en cuestión lo escribió "en un acto de verdadera legítima defensa de sus derechos y de arrebato y ofuscamiento, cegado por la rabia e impotencia".
Descartó también que la ex arrendataria pudiese sentirse vulnerada en su derecho a la vida privada si la información utilizaba estaba en una cuenta abierta al público y que esta solo busca "generar un sentimiento de lástima".
Ante ello, el tribunal dio por acreditado que Vodanovic hizo la publicación una vez recuperado el inmueble, indicando que este intentó justificar dichos que no se ajustan a la legalidad con los sentimientos que lo dominaron.
Se le ordenó así eliminar la publicación en cuestión, así como abstenerse de efectuar publicaciones con la
intención de "funar", por medio de redes sociales a la mujer.