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"Es una Ley Antiterrorista light": Penalistas abordan la invocada ley de seguridad del Estado en la crisis social

Los abogados consultados coinciden en que la normativa, que busca aumentar las sanciones por hechos que pongan es riesgo la seguridad interna, es de carácter excepcional.

20 de Noviembre de 2019 | 07:26 | Por T. Cerna, Emol.
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El Mercurio.
SANTIAGO.- Tras una larga espera, el Presidente Sebastián Piñera anunció el martes de la semana pasada, entre otras cosas, la petición que hizo a una de sus carteras a raíz de las diversas manifestaciones registradas ese día.

"Le he solicitado al ministerio del Interior y Seguridad que presente querellas por la Ley de Seguridad del Estado contra aquellas personas que han incitado, o promovido o fomentado o que han participado en la comisión de los graves delitos que hemos conocido durante esta jornada, sostuvo el Mandatario.

Rápidamente, La Moneda convocó a cuatro penalistas -Jorge Bofill, Marcelo Sanfeliú, Gabriel Zaliasnik y Samuel Donoso- para representar los intereses del Estado, los que patrocinaron querellas por ataques a buses de transporte y a estaciones de Metro.

Así también, el pasado fin de semana se ingresó, a través del intendente metropolitano, Felipe Guevara, una querella por ley de Seguridad Interior del Estado contra el ex candidato a diputado Dauno Tótoro por unos dichos que entregó en una asamblea y que desde el equipo de abogados del Ejecutivo se consideró como incitación a la subversión del orden público.

La acción, sin embargo, terminó por ser declarada inadmisible este martes: el tribunal consideró que los hechos no constituyen un ilícito.

También el intendente de Valparaíso, Jorge Martínez indicó que presentarán una querella al amparo de la normativa por los últimos incendios forestales en la región, los que aseguró, son intencionales.

Ya con anterioridad -y desde el estallido de la crisis social, hace ya un mes-, en diversas oportunidades el Ejecutivo invocó la ley que data de 1958 y que, de acuerdo a los penalistas consultados, es de carácter excepcional.

Tal fue el caso, por ejemplo, de algunos imputados por saqueos y el del profesor de 35 años formalizado por destrozos en la estación de metro San Joaquín.

La convocada ley


A grandes rasgos, la ley -explicó el experto en Derecho Penal, Luis Gálvez- "tiene por efecto atacar conductas que ponen gravemente en riesgo la seguridad interior de Estado, además de aquellas relacionadas con el orden público".

"Se busca aplicar mayores penas a todas aquellas personas que participen, inciten, utilicen instalaciones públicas o privadas destinadas siempre a alterar el orden público o a generar un estado de conmoción que pueda poner en riesgo el estado de derecho", añadió Gálvez.

"Si los fiscales fueran estrictamente jurídicos deberían pedir el sobreseimiento sin mucho actuar por no ser constitutivas de delito las conductas denunciadas".

Abogado Ramón Sepúlveda
Por su parte, el penalista y docente de la U. de Chile, Miguel Soto Piñeiro, detalló que la normativa, "bastante antigua", "pretende salvaguardar el régimen institucional".

"En algún sentido es una Ley Antiterrorista light, pero en la práctica no crea nuevos delitos, sino que se traduce en un tratamiento punitivamente más riguroso para conductas que de todas formas serían constitutivas de delito", acotó.

Al aumentarse la pena probable, explican ambos, crecen también las posibilidades de decretarse la medida cautelar de prisión preventiva durante la etapa de investigación.

"Es un tipo de agravante en el sentido que agrava la pena, pero además en muchos casos disminuye requisitos para la responsabilidad penal (...) La prisión preventiva nunca es automática, pero la entidad de la pena probable es un factor determinante de su procedencia. Si usted aumenta la pena, aumenta significativamente las posibilidades", dijo Soto.

Gálvez, en tanto, puntualizó que la ley se puede invocar respecto a delitos que dicen relación con el orden público y que están contenidos en la misma normativa, pudiendo, en estos casos, aumentar la sanción entre 541 días y 3 años de presidio; mientras que en los otros ilícitos, no incluidos, se aplican las normas generales del Código Penal.

Incitación a subversión


La querella presentada contra el ex candidato por el distrito 10 presenta algunas palabras entregadas por Tótoro en una asamblea desarrollada a fines de octubre, las cuales fueron recogidas por un medio.

Se aseguró así que Tótoro "incitó a los asistentes a adoptar medidas de coordinación para una huelga general indefinida funcional al derrocamiento del Gobierno, indicando que el contexto en el que se encuentra el país es el oportuno para el logro del objetivo planteado".

Y se citan algunas frases del joven: "Quería proponer que tenemos que tomar con fuerza, en esta coordinación, en esta asamblea, plantear la necesidad de luchar por una huelga general indefinida", y"queremos que caiga Piñera, queremos que caiga este gobierno y sobre sus cenizas".

"En algún sentido es una Ley Antiterrorista light, pero en la práctica no crea nuevos delitos, sino que se traduce en un tratamiento punitivamente más riguroso para conductas que de todas formas serían constitutivas de delito".

Penalista Miguel Soto Piñeiro
Ante el caso, Gálvez detalló que uno de los capítulos de la normativa sanciona a otros que inciten o induzcan la subversión pública o a la comisión de delitos, también aquellos ligados al orden público.

"Si unos dichos de una persona que tiene una relativa influencia en un grupo determinado de individuos tiene la magnitud de poder representarse como una incitación a la movilización con un fin determinado, que es derrocar un Gobierno legalmente establecido, en un principio podríamos decir que en el tenor de la ley se ajusta la conducta descrita", sostuvo el litigante.

Sin embargo, precisó que, al tratarse de "una norma excepcionalísima, se debe aplicar en su máximo rigor con tenor literal y eso implica que las posibilidades que prospere una querella criminal en este contexto son muy difíciles salvo que se pruebe que se trate de un líder de un grupo organizado con ciertos roles, capacidad económica y que pueda derrocar una institucionalidad".

Por su parte, el penalista Ramón Sepúlveda aseguró que "estas querellas son sumamente abstractas, con hechos que difícilmente se enmarcan en algún tipo penal", razón por la que dice no verle "mucho futuro más que una situación mediática".

Sepúlveda señaló que si bien hoy algunas de estas acciones son admitidas a tramitación, "es porque los jueces de Garantía solo hacen un análisis de los requisitos formales de la acción pero sin ver el fondo, esto al punto de no verificar siquiera si los hechos se enmarcan en un tipo penal, lo que sí ocurre cuando son declaradas inadmisibles".

Y concluyó: "Si los fiscales fueran estrictamente jurídicos deberían pedir el sobreseimiento sin mucho actuar por no ser constitutivas de delito la conductas denunciadas, sin embargo muchas veces, en un actuar mecánico, inicia las investigaciones con diligencias iniciales pero que al final terminan de todas formas con una decisión de no perseverar".
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