SANTIAGO.-
El 19° Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de
$63 millones a un arquitecto que perdió su ojo derecho tras recibir un balín de pintura por parte de personal de
Fuerzas Especiales (FF.EE.) de Carabineros, en una marcha estudiantil realizada en abril de 2013.
La decisión la adoptó a magistrada Jacqueline Benquis, luego de establecer un actuar negligente por parte de la policía uniformada al disolver la manifestación en el sector de la Estación Mapocho.
El tribunal relató que fue el 11 de abril, mientras se efectuaba la marcha estudiantil de secundarios, universitarios, Colegio de Profesores y otras agrupaciones, cuando cientos de personas se encontraban en sectores cercanos, siendo uno de estos E.E. (58), quien estaba en compañía de su pareja e hija.
En ese momento, sostiene el fallo, "comienzan a acercarse a los manifestantes un grupo o piquete de Carabineros portando armas a balines, donde se encontraba el actor". Y cuando algunas personas trataron de traspasar las barreras de contención, el personal policial comenzó "a disparar sus pistolas de paint ball en contra de los manifestantes, dirigiéndose uno de estos balines al ojo derecho del actor".
El caso cuenta con testimonios cruzados: existen voces que señalan que los efectivos dispararon de "forma espontánea" contra quienes se desplazaban de manera pacífica; y otras que sostienen que la reacción policial fue ante los desmanes que se estaban llevando a cabo.
Ante ello, el el tribunal estimó que esto último "no se condice con la actividad de resguardo que pesa sobre el órgano central, como responsable último de la administración de las fuerzas que dispone para regular la convivencia social y el cuidado de las personas que aun en potencia puedan verse expuestas a esa regulación, actuando de forma desmedida en el uso de los recursos policiales y de armamento".
"Es decir, el Estado causó un daño interviniendo un funcionario de Carabineros de Chile y debe responder por falta de servicio", zanjó el tribunal, indicando además que la policía no pudo acreditar que el afectado se encontraba cometiendo algún ilícito.