Se actualizan los artefactos prohibidos | |
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Legislación actual• Prohíbe el uso de material de uso bélico, armas de fuego, explosivos, municiones y partes de armas. | Reforma• Especifica la prohibición respecto de silenciadores, de los dispositivos que conviertan armas semiautomáticas en automáticas y se incluye las armas de fogueo o de juguete adaptadas para utilizar balas. |
Se mejora la trazabilidad de las armas | |
Legislación actual• Se registra el número de serie y el primer tiro del arma. | Reforma• Se incorpora un registro de ADN balístico que permitirá identificar el arma desde dónde fue disparada una bala. • Mayores exigencias al momento de internar armas o municiones al país y al registrar armas. |
"Incorpora técnicas especiales de investigación" | |
Legislación actual• Se exigen varios requisitos para autorizar técnicas especiales de investigación, dilatando el trabajo de las policías. | Reforma• Permite que las policías hagan entregas vigiladas, intercepten las comunicaciones o usen agentes encubiertos en procesos investigativos relacionados a armas y se dispongan medidas especiales de protección de testigos. |
Aumentan las sanciones | |
Legislación actual• La venta de municiones es solo una infracción administrativa. • Pena por entregar armas a menores de edad es de 61 días a 540 días. | Reforma• La venta de municiones a persona no autorizada pasa a ser delito. • La pena por entregar armas a menores de edad aumenta a 541 días hasta 5 años de presidio. • Se crea el delito de adulteración, alteración o destrucción del sistema de trazabilidad de las armas. |
Permite mayor fiscalización | |
Legislación actual• Pueden fiscalizar Carabineros y Fuerzas Armadas. • Actualmente, en actuaciones de las policías, no se puede fiscalizar armas, si ella es eencontrada durante ésta. | Reforma• Se incorpora a la PDI como institución fiscalizadora. • Se permite la fiscalización de las policías, sin restricciones, cuando se realiza un operativo encomendado por el Ministerio Público. • Se permite fiscalizar con mayor exigencia a polígonos, canchas de tiro, depósitos de reparación o fabricación de armas. |
Aumentan las exigencias para inscribir armas | |
Legislación actual• No es necesario hacer un curso para inscribir un arma. • Se exige acreditación de aptitud física y síquica de un “profesional idóneo”. • No hay mayores exigencias. | Reforma• Se exige realizar curso sobre mantenimiento y manejo de armas de fuego. • Un médico siquiatra debe certificar la aptitud física y síquica del solicitante. • Se debe acreditar el origen de los fondos con que se compra el arma. • Si el poseedor de arma es condenado por crimen o simple delito, por o por violencia intrafamiliar, se cancelará la inscripción de armas de fuego. |
Se limita la cantidad de armas | |
Legislación actual• Las limitaciones están en un reglamento y pueden cambiar. • Para defensa personal se puede tener un máximo de 2 armas. | Reforma• Se fijan diferentes límites de cantidad de armas para coleccionistas (10 aptas para disparo), deportistas y cazadores (6). • En el caso de defensa personal se mantiene el máximo de 2 armas por persona. |