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Ley de Control de Armas: Los principales cambios entre la actual legislación y la reforma recién aprobada en el Congreso

El proyecto, votado a favor por la Cámara de Diputados y el Senado, actualiza el listado de artefactos prohibidos, mejorando la trazabilidad de estos aparatos e incorporando nuevas técnicas de investigación.

13 de Enero de 2022 | 08:04 | Por Equipo Multimedia, Emol.
Se actualizan los artefactos prohibidos
Legislación actual• Prohíbe el uso de material de uso bélico, armas de fuego, explosivos, municiones y partes de armas. Reforma• Especifica la prohibición respecto de silenciadores, de los dispositivos que conviertan armas semiautomáticas en automáticas y se incluye las armas de fogueo o de juguete adaptadas para utilizar balas.
Se mejora la trazabilidad de las armas
Legislación actual• Se registra el número de serie y el primer tiro del arma.
Reforma• Se incorpora un registro de ADN balístico que permitirá identificar el arma desde dónde fue disparada una bala.

• Mayores exigencias al momento de internar armas o municiones al país y al registrar armas.
"Incorpora técnicas especiales de investigación"
Legislación actual• Se exigen varios requisitos para autorizar técnicas especiales de investigación, dilatando el trabajo de las policías.
ReformaPermite que las policías hagan entregas vigiladas, intercepten las comunicaciones o usen agentes encubiertos en procesos investigativos relacionados a armas y se dispongan medidas especiales de protección de testigos.
Aumentan las sanciones
Legislación actual• La venta de municiones es solo una infracción administrativa.

• Pena por entregar armas a menores de edad es de 61 días a 540 días.
Reforma• La venta de municiones a persona no autorizada pasa a ser delito.

• La pena por entregar armas a menores de edad aumenta a 541 días hasta 5 años de presidio.

• Se crea el delito de adulteración, alteración o destrucción del sistema de trazabilidad de las armas.
Permite mayor fiscalización
Legislación actual• Pueden fiscalizar Carabineros y Fuerzas Armadas.

• Actualmente, en actuaciones de las policías, no se puede fiscalizar armas, si ella es eencontrada durante ésta.
Reforma• Se incorpora a la PDI como institución fiscalizadora.

Se permite la fiscalización de las policías, sin restricciones, cuando se realiza un operativo encomendado por el Ministerio Público.

• Se permite fiscalizar con mayor exigencia a polígonos, canchas de tiro, depósitos de reparación o fabricación de armas.
Aumentan las exigencias para inscribir armas
Legislación actual• No es necesario hacer un curso para inscribir un arma.

• Se exige acreditación de aptitud física y síquica de un “profesional idóneo”.

• No hay mayores exigencias.
Reforma• Se exige realizar curso sobre mantenimiento y manejo de armas de fuego.

• Un médico siquiatra debe certificar la aptitud física y síquica del solicitante.

• Se debe acreditar el origen de los fondos con que se compra el arma.

Si el poseedor de arma es condenado por crimen o simple delito, por o por violencia intrafamiliar, se cancelará la inscripción de armas de fuego.
Se limita la cantidad de armas
Legislación actual• Las limitaciones están en un reglamento y pueden cambiar.

• Para defensa personal se puede tener un máximo de 2 armas.
Reforma• Se fijan diferentes límites de cantidad de armas para coleccionistas (10 aptas para disparo), deportistas y cazadores (6).

• En el caso de defensa personal se mantiene el máximo de 2 armas por persona.
Fuente: Ministerio del Interior y Seguridad Pública | Adaptación y diseño: Michel Leiva y José Manuel Vilches, Emol.
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