La Corte de Apelaciones de Temuco negó otorgarle la libertad condicional a Celestino Córdova Tránsito, quien cumple condena por el delito de incendio con resultado de muerte del matrimonio Luchsinger Mackay, cometido en 2013.
Este miércoles, la Tercera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del machi en contra de la resolución adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, la cual también dijo no al beneficio.
Esto, luego de establecerse que Córdova, quien cumple su condena de 18 años de cárcel en el Centro de Educación y Trabajo de Vilcún, en la región de La Araucanía, presenta riesgo de reincidencia.
El documento detalla que "si bien el informe psicosocial no es vinculante para la Comisión, constituye un antecedente que se debe tener en cuenta al momento de decidir otorgar o negar el beneficio solicitado por el condenado y de aquel antecedente, analizado por la referida Comisión, se desprende, como concluyó la recurrida, que el amparado no es meritorio para recibir el beneficio de cumplir en libertad el saldo de la pena que debe satisfacer".
"La resolución que deniega la libertad condicional del amparado advierte la falta de la característica que refiere en su numeral tercero del artículo 2° del Decreto Ley 321, toda vez que, el informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad", se lee.
Asimismo, se señaló en el fallo que el machi "mantiene un discurso tendiente a no reconocer la autoría del delito por el cual cumple condena, por lo que no se evidencia conciencia del delito, ni del mal causado, situación que impide una valoración adecuada del proceso de reinserción social".
La petición de la defensa de Córdova fue interpuesta luego de que se le otorgara el beneficio de libertad condicional la semana pasada a José Tralcal, otro de los responsables de la muerte del matrimonio Luchsinger Mackay.