SANTIAGO.- Debido a los nulos avances en la reunión que sostuvo en agosto pasado una delegación chilena que viajó a Buenos Aires para llegar a un acuerdo en torno a las salvaguardias definitivas que el país trasandino decidió aplicar a los duraznos en conserva chilenos, el Gobierno decidió recurrir finalmente a la Organización Mundial de Comercio (OMC).
Fuentes de la Cancillería chilena, informaron que luego de evaluar todas las alternativas, se optó por enviar este martes una carta al embajador ante ese organismo, Alejandro Jara, para el inicio de consultas formales para el establecimiento de un panel.
Hace unos días, el propio director de la Direcon, Osvaldo Rosales, dijo que la luego de la decisión de Argentina de transformar en permanente esta medida, una comitiva nacional solicitó consultas con vistas a plantear una serie de preguntas referidas al procedimiento e incluso a la sustancia. No obstante, dijo que el resultado , por lo cual se tuvo que evaluar con el sector exportador los pasos a seguir.
Chile solicitó a Argentina la celebración de consultas ante la Organización Mundial de Comercio (OMC), debido a que el país trasandino decidió aplicar medidas de salvaguardias definitivas a los duraznos en conserva chilenos, a partir del miércoles 8 de agosto pasado.
El 15 de enero de este año, el país vecino notificó a la OMC- mediante un documento- el inicio de un proceso de investigación, los motivos del mismo y la notificación antes de la adopción de una medida provisional de salvaguardia. El 2 de marzo de 2001, Chile sostuvo consultas respecto al inicio de una investigación y a la decisión de aplicar medidas provisionales.
En un documento fechado el 23 de julio de 2001, Argentina notifica la constatación de la existencia de daño o amenaza de daño a causa del aumento de las importaciones y su decisión de aplicar una medida definitiva a partir del 8 de agosto de 2001.
La investigación se inició a raíz de una solicitud realizada por la Cámara de la Fruta Industrializada de Mendoza (CAFIM)que consideró que existen suficientes pruebas de amenaza de daño grave a la rama de producción nacional causado por las importaciones reuniéndose los extremos requeridos por la normativa vigente para la aplicación de eventuales medidas provisionales.