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Representantes del Comité de Ministros niegan "ilegalidad" en decisión por Punta Alcalde

Los abogados solicitaron al tribunal de alzada rechazar en todas sus partes los recursos de protección interpuestos.

09 de Mayo de 2013 | 15:03 | Valor Futuro
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El Mercurio

SANTIAGO.- El abogado del Comité de Ministros, José Moreno, rechazó este jueves las acusaciones formuladas por los representantes de los grupos opositores al proyecto termoeléctrico Punta Alcalde, de Endesa Chile, y negó que existiera "arbitrariedad o ilegalidad" en la decisión del 3 de diciembre de 2012 que dio "luz verde" a la iniciativa.


En su alegato ante la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Moreno sostuvo que el Comité tiene facultad para resolver respecto de los determinados puntos controvertidos y en consecuencia sobre eso versó la resolución.
   
"El art. 20 de la Ley 19.800 establece que el Comité de Ministros tiene facultad para resolver sobre los puntos controvertidos por el recurrente y así lo hizo, y en todo lo demás se mantuvo lo establecido en la resolución de calificación ambiental", expresó el abogado.
   
"Nos llama la atención la acusación de arbitrariedad e ilegalidad en la actuación del Comité, porque, derechamente, no la hay", subrayó.


Y agregó que existe un mandato legal "ineludible" que obliga al Comité a resolver y que una abstención al respecto "sí que supondría una ilegalidad".


Respecto a las supuestas irregularidades en el cumplimiento de los plazos, Moreno argumentó que el plazo legal de 60 días es "ínfimamente" inferior al previsto para evaluación ambiental y no contempla suspensiones.
   
También se refirió a la acusación respecto a que el Comité no pidió informes a todos los organismos que participaron en la evaluación ambiental y aseveró que esta información sólo es necesario solicitarla respecto de los aspectos relacionados con la reclamación y no con la totalidad de la evaluación.
   
En tanto, el abogado representante del SEA, Edesio Carrasco, también rechazó cualquier acusación de ilegalidad sobre la decisión y aseguró que ésta fue "razonable, necesaria e idónea", en relación a la medida de mitigar que, a su juicio, supone una relación costo/beneficio positiva.


"Se ha resuelto estrictamente lo que se ha pedido", dijo Carrasco, y agregó que "no hay incongruencia alguna entre lo analizado, lo solicitado en la reclamación y finalmente lo resuelto por el Comité".


Por ello, aseveró que "no puede argumentarse ilegalidad" y por tanto solicitó al tribunal de alzada rechazar en todas sus partes los recursos de protección interpuestos y condenar en costas a los recurrentes.

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