EMOLTV

Ministro (s) del Trabajo: Cerca de 500 mil jóvenes no han usado subsidio al empleo

Los que postulan y son reconocidos con este beneficio reciben mensualmente mejoras salariales que superan los $26.000 mensuales.

12 de Febrero de 2014 | 13:06 | Emol
imagen
Ministerio del Trabajo

SANTIAGO.- El ministro (s) del Trabajo y Previsión Social, Fernando Arab, realizó un llamado a los jóvenes a informarse sobre el Subsidio al Empleo Joven, beneficio otorgado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), que tiene por objetivo mejorar los sueldos de aquellos trabajadores que tengan entre 18 y 24 años, y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población.


Según un estudio realizado por el Sence, cerca de 715.516 mil jóvenes pudieron verse beneficiados en 2013 con este subsidio, de los cuales sólo 255.352 recibieron finalmente mejoras salariales.


"Los jóvenes que postulan y son reconocidos con este beneficio reciben mensualmente mejoras salariales que superan los $26.000 mensuales. Es decir, una persona que trabaja todo el año, fácilmente podría aumentar su remuneración anual en $312.000", señaló Fernando Arab.


"Hay una buena noticia, en los últimos cuatro años se ha incrementado el número de jóvenes que trabaja y que ocupa este beneficio. El 2013, la cifra superó los 255 mil, pero aún nos quedan cerca de 500 mil jóvenes, que pudiendo optar a este beneficio, que mejora sus salarios, no lo hicieron. A ellos, si es que trabajan este 2014, los invitamos a informase en el sitio web, así pueden ver incrementados sus ingresos", agregó la autoridad.


Son beneficiarios los trabajadores dependientes e independiente que cumplan con los siguientes requisitos: ser trabajadores(as) regidos por el Código del Trabajo, tener entre 18 y 24 años de edad, integrar un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población del país, que equivale a tener un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (Ministerio de Desarrollo Social) y percibir rentas brutas anuales inferiores a $4.810.042.


En el caso de los independientes también deben acreditar rentas de las señaladas en el N°2 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud.


No serán beneficiarios los trabajadores, dependientes o independientes, de las instituciones que se indican a continuación: Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, Contraloría General de la República, Banco Central, Fuerzas Armadas, Fuerza de Orden y Seguridad Pública, Municipalidades, la Empresas Públicas creadas por ley y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, o de las entidades en que el Estado o sus instituciones tengan aportes o representación igual o superior al 50%.


Tampoco serán beneficiarios(as) los(as) trabajadores(as) contratados(as) por entidades ejecutoras del Programa Inversión en la Comunidad (Mejor Trabajo).

EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?