SANTIAGO.- Con su publicación en el Diario Oficial, el ministerio de Salud resolvió hoy regular el procedimiento de examen para la detección del virus de la inmunodeficiencia humana (VIH).
Se establece que las personas a las que se efectúe el examen para la detección de la infección deberán ser informadas del hecho, personalmente o a su representante legal, dejándose constancia por escrito de su consentimiento a ello. Junto con esto recibirán consejería antes y después de la prueba.
Asimismo se acordó que todos los que el tamizaje-screening arrojen un resultado positivo deberá ser sometido a una nueva prueba en el mismo laboratorio, en duplicado y usando el mismo test de tamizaje.
En el caso que el resultado fuese positivo, al menos dos de los tres exámenes, deberá el Instituto de Salud Pública (ISP) efectuar un examen suplementario, para confirmar la especificidad de los anticuerpos detectados.
Si el ISP confirma el resultado positivo el establecimiento solicitante de la prueba tomará una segunda muestra de sangre para la certificación de identidad. Al paciente deberá entregarse el resultado por escrito y de palabra, por medio de consejería efectuada por personal debidamente entrenado para ello.
Si la prueba de identificación resultara negativa o discordante con el resultado del ISP, no se informará al paciente, sino que el laboratorio deberá comunicarse con el Centro Nacional de Referencia de Sida del Instituto de Salud Pública.
Luego deberá notificarse al ministerio de Salud sólo si la muestra es positiva y una vez de informar al afectado. El examen confirmatorio que realiza el ISP será gratuito y el procedimiento de toma de muestra y envío de la sangre a ese organismo se efectuará de acuerdo a las normas técnicas y administrativas para el control y manejo del Sida.