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Congreso despacha ley que castiga acoso sexual

De esta manera, la iniciativa legal queda en condiciones de transformarse en ley luego que el Presidente de la República, Ricardo Lagos, estampe su firma.

19 de Enero de 2005 | 14:53 | El Mercurio en Internet
VALPARAÍSO.- Por la unanimidad de los parlamentarios (96 votos contra cero)
la Cámara de Diputados despachó hoy, en su último trámite legislativo, el proyecto de ley que castiga el acoso sexual en Chile.

De esta manera, la iniciativa legal queda en condiciones de transformarse en ley luego que el Presidente de la República, Ricardo Lagos, estampe su firma.

La nueva legislación, dentro del Código del Trabajo, define el acoso sexual como: "El que una persona realice en forma indebida y por cualquier medio requerimientos de carácter sexual no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral".

Según cifras del Sernam, el 22% de las chilenas dice haber sufrido acoso sexual en su trabajo, mientras que las denuncias durante el 2004 fueron sólo 61, pero las consultas llegaron a 1.800. Todas fueron de mujeres.

Proceso más expedito

La legislación aprobada establece los pasos frente a una denuncia por acoso sexual, intentando agilizar el proceso.

  • Procedimiento: Ante una denuncia, el empleador debe iniciar una investigación interna o tendrá 5 días para entregar los antecedentes a la Dirección del Trabajo. La investigación de ésta no puede durar más de 30 días. Luego, la empresa tiene 15 días para tomar las medidas.

  • Indemnización: Si el acosador es el mismo dueño de la empresa, se mantiene la figura del autodespido; es decir, el trabajador (a) puede poner término al contrato por "incumplimiento grave del empleador". Y se le debe pagar las indemnizaciones correspondientes a los despidos injustificados, aumentadas hasta en 80%.

  • Sanciones: El acoso sexual se incorpora como nueva causal grave de despido; por lo que el acosador se expone a ser despedido sin indemnización. Las empresas que no aplican el procedimiento se hacen responsables del acoso de un subordinado y se exponen a multas e indemnizaciones. Y quienes hagan denuncias falsas, se arriesgan a tener que indemnizar al acusado y a las acciones legales (penales) correspondientes a toda denuncia falsa.
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