EMOLTV

Senado aprueba artículos pendientes de la Ley del Tabaco

Según informó el ministro de Salud, Pedro García, el Gobierno estudiará la posibilidad de colocar urgencia a esta norma para que ésta pueda ser sacada antes del receso parlamentario.

05 de Octubre de 2005 | 17:48 | El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- Por unanimidad la sala del Senado aprobó esta tarde los artículos pendientes referidos a la Ley del Tabaco, despachando la normativa a la Cámara de Diputados, donde deberá ser ratificada.

Para lograr la aprobación, que se postergó por varias semanas, el Gobierno consiguió ayer un acuerdo político que garantizaba una tramitación rápida, a cambio de flexibilizar la norma y permitir fumar en lugares donde hasta antes estaba prohibido. Además sólo se fijaron exigencias a bares y restoranes de mayor tamaño.

El ministro de Salud se mostró satisfecho con la aprobación de esta ley, señalando que "hay que respetar a los que no fuman", e indicó que el Gobierno estudiará la posibilidad de colocar urgencia a la normativa para que ésta pueda ser sacada antes del receso parlamentario que producirá en diciembre a raíz de las elecciones.

"Se consolida una ley que, en el fondo, busca evitar que aquéllos que quieren iniciar el consumo del tabaco lo hagan -sobre todo los niños- y que aquéllos que fuman, no afecten a los que no fuman y protege, en definitiva, a los no fumadores", sostuvo el secretario de Estado.

García aclaró, no obstante, que "ésta no es una ley que impida o prohíba el cigarrillo, pero sí va a dificultar el consumo, lo que nos parece adecuado, dado que hoy día en Chile, mueren 14 mil chilenos producto del consumo del tabaco con todos los daños y perjuicios que esto contrae".

Lo que establece la ley

El primer cambio fundamental es que las restricciones a bares y restoranes sólo estarán vigentes para aquellos de 100 metros cuadrados o más, en lugar de aquellos de 80 metros, como estaba acordado hasta ayer.

Todos aquellos de menos de 100 metros deberán definirse como "para no fumadores" o "para fumador", en cuyo caso estará impedida la entrada a menores de 18 años. Esta decisión se adoptó considerando otras legislaciones, como la de España y la recientemente aprobada en Buenos Aires, Argentina.

Un segundo cambio se hizo al eximir de esta norma a discotecas y cabarets, los que deberán declararse también como espacios para fumadores o no fumadores. Esto se hizo teniendo en cuenta que en estos lugares se vende alcohol y -en teoría- no deberían entrar menores de 18 años.

También se permitió fumar en oficinas individuales en establecimientos públicos o privados, siempre que cuenten con ventilación y en la puerta cuenten con un cartel que indique que es "para fumadores".

Hay otros lugares en los que nunca se podrá fumar, como ascensores, medios de transporte o gasolineras. Donde se permitirá fumar en patios o salas especialmente acondicionadas es en colegios, universidades, hospitales o aeropuertos.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?