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Suprema aprueba venta de píldora del día después

Así el Máximo Tribunal respaldó lo que en diciembre de 2004 había resuelto la Novena Sala de la Corte de Apelaciones.

28 de Noviembre de 2005 | 14:17 | Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- En un fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó que en Chile puede ser utilizada la píldora del día después, al rechazar dos recursos de casación que habían sido presentados por el centro juvenil Ages, contra un fallo de la Corte de Apelaciones que en diciembre pasado permitió el uso del fármaco.

Con su decisión el tribunal respaldó lo que en diciembre de 2004 resolvió la Novena Sala del tribunal de alzada. En esa oportunidad la corte revocó lo que en primera instancia había decidido el 20° Juzgado Civil, en relación a suspender el uso de la píldora al acoger la demanda que había presentado Ages, organismo juvenil de la comuna de Las Condes.

Con esta decisión, queda a firme la resolución número 7224 del 24 de agosto de 2001, dictada por el Instituto de Salud Pública de Chile la que a través del registro ISP F8527/01 permitió la venta del fármaco Postinor-2 elaborado en base al principio activo Levonogestrel de 0,75 milígramos.

El fallo fue dictado por los ministros Enrique Tapia, Ricardo Gálvez, Domingo Yurac, Milton Juica y el abogado integrante Manuel Daniel.

En diciembre pasado la Novena Sala argumentó que una sentencia judicial no puede resolver si un fármaco atenta o no contra la vida, "pues en tal caso se estaría reemplazando o arbitrando la verdad científica o la reflexión filosófica, lo que no es de su incumbencia, sino materia que compete a otros órganos del Estado y la sociedad".

El centro juvenil Ages, persona jurídica de derecho municipal, pretendía que se declarara nula la resolución que permitió la venta del Postinor-2 afirmando que ésta píldora es abortiva, puesto que atentaba contra el ser concebido y no nacido.
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