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Cámara posterga votación de proyecto que moderniza ministerio de Defensa

Este miércoles se votará la iniciativa que, entre otras materias, disminuye de cinco a dos las subsecretarías de la cartera.

19 de Agosto de 2008 | 19:30 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- La Cámara de Diputados postergó para mañana la votación del proyecto de ley que moderniza el ministerio de Defensa, el que contempla la disminución de cinco a dos subsecretarías.


Este martes se inició el debate de la iniciativa, cuyo texto dispone la siguiente organización: ministro de Defensa; subsecretaría de Defensa; subsecretaría para las Fuerzas Armadas y Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional.


El proyecto establece que al Presidente de la República le corresponde disponer de las fuerzas de aire, mar y tierra, organizarlas y distribuirla de acuerdo con las necesidades de la seguridad nacional.


También se señala que estas fuerzas son instituciones obedientes, no deliberantes, profesionales, jerarquizadas, disciplinadas y dependientes del Ministerio de Defensa.


En caso de guerra, el Presidente asumirá la jefatura suprema de las Fuerzas Armadas, según la Constitución y las leyes. En caso de crisis, la conducción de las fuerzas asignadas a las operaciones será de responsabilidad del Jefe del Estado Mayor Conjunto.


En caso de guerra exterior, el Presidente de la República ordenará el empleo de los medios militares. En caso de crisis internacional que afecte la seguridad exterior del país, el Presidente de la República dispondrá la activación de los planes de la defensa nacional respectivos.


En el proyecto se definen las atribuciones del ministro de Defensa, entre las que se cuenta elevar para el conocimiento y aprobación del Presidente la política de defensa nacional, la política militar y las restantes políticas públicas sectoriales, y colaborar con el Primer Mandatario en la conducción de la defensa nacional en situación de guerra externa o crisis internacional que afecte la seguridad exterior de la República.


Asimismo, el proyecto indica que el Presidente de la República mantendrá en todo momento su relación directa de autoridad con los Comandantes en Jefe y con el Jefe del Estado Mayor Conjunto, a través del Ministro de Defensa Nacional.

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