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TC declaró inconstitucional créditos del BID y del BancoEstado para financiar el Transantiago

La información fue entregada por el abogado que representó a los 16 senadores de la Alianza que presentaron el requerimiento, Alex Buchheister y luego el presidente del tribunal, Juan Colombo, leyó la resolución.

02 de Septiembre de 2008 | 18:27 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- El Tribunal Constitucional resolvió por mayoría acoger el requerimiento que impugna el crédito de 400 millones de dólares que hizo el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) al Transantiago y también el préstamo por 10 millones de dólares que realizó el BancoEstado al sistema de transporte capitalino.


La información fue entregada por el abogado que representó a los 16 senadores de la Alianza que presentaron el requerimiento, Axel Buchheister, quien precisó que el tribunal consideró inconstitucional los decretos supremos a través de los cuales se autorizaban los créditos.


Posteriormente el presidente del tribunal, Juan Colombo, leyó la resolución y explicó que cuando salga la redacción de la sentencia definitiva se especificará si el Estado debe devolver los dineros.


El magistrado, indicó que "considerando la conveniencia de dar a conocer en forma oportuna a los intervinientes y a la opinión pública lo resuelto por mayoría de votos", el TC decidió comunicar sus acuerdos que establecen que:


a.- Acoger el requerimiento, declarándose inconstitucional el decreto supremo número 45 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones del 16 de mayo de 2008 , publicado en el Diario Oficial el 3 de junio del mismo año, mediante el cual se otorgan las autorizaciones previas exigidas por el inciso final del artículo 7 de la ley Número 20.206 para que se contrate con cargo a la cuenta especial de reembolso una línea crédito de hasta 400 millones de dólares de los Estados Unidos otorgada por el BID.


b.- Acoger el requerimiento, declarándose inconstitucional el decreto supremo número 46 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones del 20 de mayo de 2006, publicado en el Diario Oficial el 28 de mayo del mismo año, mediante el cual se autorizan previamente cambios en las condiciones de plazo de línea de crédito otorgada por el BancoEstado con cargo a la cuenta especial de reembolso.


c.- Rechazar el requerimiento en cuanto a la impugnación formulada en relación al decreto supremo número 583 del Ministerio de Hacienda de 21 de abril de 2008, publicada en el Diario Oficial del 3 de junio del mismo año que modifica el artículo séptimo del decreto supremo número 793 de 2004 del mismo ministerio, reemplazando la suma originalmente contemplada para que la Corfo otorgue coberturas osubsidios contingentes.


Adicionalmente el tribunal resolvió comunicar los acuerdos descritos en las letras a, b y c precedentes a los abogados de la Presidenta de la República y a los senadores requirentes, lo que ya se hizo.


Añadió que una vez aprobada la redacción de la sentencia y suscrita por todos los ministros "notifíquese a las partes y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del tribunal".


El presidente del TC descartó que el organismo que dirige esté evaluando una eventual acusación constitucional en contra de los ministros de Transporte, René Cortázar, y de Hacienda, Andrés Velasco, tal como planteara ayer el timonel del PS, Camilo Escalona, ante los emplazamientos de algunos personeros de la Alianza.


"Nosotros no medimos los efectos de la sentencia, nosotros lo que vemos es si los actos se ajustan o no a la Constitución, los efectos no son problema nuestro", indicó Colombo.

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