SANTIAGO.- La cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este martes una serie de apelaciones que mantenían suspendida la preparación del juicio oral del denominado caso Bombas, en el que la Fiscalía Sur le atribuye a una serie de imputados su presunta participación en la colocación de artefactos explosivos en Santiago.
Con esta resolución, el tribunal de alzada capitalino respaldó el actuar del juez Luis Avilés, del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, quien ha encabezado las audiencias y ha sido ampliamente criticado por el Ministerio Público por dejar fuera del juicio una serie de pruebas que -según el magistrado- no se ajustan a derecho.
La resolución de los ministros Jorge Daham, Jorge Zepeda y Jessica González es un espaldarazo para el actuar del juez Avilés quien ha sido crítico de la forma en que la Fiscalía Sur lleva adelante esta causa y además por el desorden que existe en la acusación presentada tras la investigación por delitos enmarcados en la Ley Antiterrorista.
El Ministerio Público, a través de un recurso ordinario, pretendía que el tribunal de alzada inhabilitara al juez Avilés de seguir conociendo el caso por haberse pronunciado respecto al sobreseimiento de uno de los imputados, Cristián Cancino, que tendrá una preparación de juicio a parte luego que la misma Corte así lo determinara.
Al respecto los ministros señalan que "no se advierte ninguna infracción a ninguna garantía de los imputados como tampoco del Ministerio Público ni de los querellantes por la circunstancia que en una audiencia aparte se verifique la correspondiente a audiencia de apertura del juicio oral respecto de Cristian Cancino Carrasco".
Junto con ello agregan que "no puede pretenderse que por el hecho de haberse rechazado el sobreseimiento definitivo parcial dictado por el juez (Avilés), que originalmente llevaba a cabo esa audiencia, que éste quede inhabitado respecto de todo lo demás que dice relación con esta causa".
La cuarta sala estableció que no hay problemas que en una misma causa se dicte más de un auto de apertura para un juicio, ya que es "de normal ocurrencia en los tribunales en los casos en que uno de los imputados se ha fugado o no se haya presentado oportunamente" por lo que no encuentra necesario cambiar de juez.
Exclusión de pruebas
En otra de las apelaciones, La Fiscalía Sur alegó por prueba que fue excluida por Luis Avilés quien argumentó "infracción a garantías constitucionales". Se trata de personal de Carabineros que daría testimonio sobre hechos del 2002, lo que no fue permitido por el titular del Octavo Juzgado de Garantía quien señala que ese tema no es materia de la acusación por lo que no correspondía permitir la presencia de los uniformados en el juicio.
La sentencia de la Corte hace especial énfasis en una serie de infracciones que ya había advertido el tribunal de garantía respecto a peritajes realizados sin orden judicial, ni permiso de los imputados, además de toma de declaraciones no ajustadas a derecho y la obtención de pruebas desde las casas de los inculpados realizada de forma ilegal.
La exclusión de estas importantes pruebas, según fuentes del caso, debilita la estrategia que llevaba adelante la fiscalía respecto a una asociación ilícita terrorista por lo que deja en un muy mal pie al ente perseguidor penal que pretende obtener penas que llegan, en un par de casos, hasta el presidio perpetuo.
El fallo cuenta con una prevención del ministro Zepeda, quien se explaya sobre la garantía de defensa jurídica en un juicio y el voto en que la jueza González acogió, parcialmente, la incorporación en el juicio de algunas pruebas. Sin embargo ambas posiciones fueron minoría por lo que todos los recursos fueron rechazados y con esto se reactiva el Caso Bombas y su futuro juicio.