EMOLTV

Corte rechaza recurso con el cual estudiante pretendía bajar paro en U. Federico Sta. María

El tribunal de alzada porteño señaló que "el derecho a enseñanza" que ampara la Constitución no se ve afectado por estas manifestaciones en una institución pues se refiere a otro tópico.

24 de Octubre de 2011 | 11:39 | Por Leslie Ayala C., Emol
imagen
Nelson Olmos, El Mercurio.

VALPARAÍSO.- La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó un recurso de protección presentado por uno de los estudiantes de la Universidad Federico Santa María que por la vía judicial pretendía bajar el paro en el que está inmerso su casa de estudios, al intentar impugnar la votación de la federación de ese recinto.


El tribunal de alzada porteño, en el fallo al cual tuvo acceso Emol, le señala a Juan Luis Menares Rodríguez que la vulneración de garantías constitucionales que él aduce respecto a que la suspensión de las actividades con motivo de manifestaciones estudiantiles no privan ni perturban de forma arbitraria su derecho a libertad de enseñanza, como lo señala el artículo 19 N° 24 de la Constitución.


El joven recurrió a la justicia indicando que la Federación de Estudiantes de la Universidad Técnica Santa María realizó una votación y dictaminó una paralización arbitraria porque a su juicio no se cumplió el quórum requerido para tomar una decisión de este tipo y sólo se hizo "un conteo de manos alzadas, más no de votos" respecto a quienes estaban a favor o en contra de las movilizaciones.


"Se solicita se acoja el recurso y se ordene que se respete la voluntad de la mayoría de los estudiantes de volver a clases, se fije un sistema de votaciones claro, según los estatutos de la universidad, se informe respecto del sistema de votaciones y se condene en costas a la recurrida", decía en su recurso Menares al recurrir en contra de la federación de estudiantes.


La Corte expresó que su derecho a la libertad de enseñanza que consagra la Carta Fundamental, "no se ve afectada con la paralización de actividades invocadas por el recurrente, sino más bien con el derecho de elegir la enseñanza más acorde con sus intereses, aptitudes y condiciones personales, antecedentes suficientes que permiten desestimar la acción interpuesta, por no ser ésta la vía idónea para ello".

EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?