En este cuartel de la SIP de Carabineros de Vitacura se cometieron los apremios.
El Mercurio (Archivo).SANTIAGO.- Un alto monto indemnizatorio es el que sentenció la Corte Suprema que el Estado debe pagar a la familia del taxista Raúl Palma Salgado, quien en 1998 falleció al interior de un cuartel policial luego de haber sido severamente golpeado y torturado por personal de la SIP de Carabineros de Vitacura.
La tercera sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación en contra del fallo que determina que se deben pagar $150 millones a Raúl Palma Guerra, Jacqueline de las Mercedes Palma Guerra –hijos del fallecido- y a Elsa de las Mercedes Guerra Chavez, cónyuge de la víctima.
Para la justicia, el fisco debe compensar a los parientes de occiso por el perjuicio que provocó en ellos la violenta muerte de su padre y esposo.
Para los jueces el actuar de los uniformados, si bien es una falta personal pues no actuaron a nombre de la institución (es decir no es una falta de servicio) en este caso ambas situaciones no se pueden separar. Esto pues si los autores del crimen no hubieran estado en las filas de Carabineros no habrían podido interrogar a la víctima en un cuartel policial, con las consecuencias fatales que se conocen.
En la arista penal de este caso se condenó a los policías Germán Cofré Pinto, Victor Ramírez Olivares, José Edison Cartes y Francisco López Cisternas a la pena de 10 años y un día por violencia innecesaria y cuasidelito de homicidio.