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Salud amplía plazo de consulta pública sobre reglamento de la denominada "Ley Súper 8"

La prórroga se extiendió hasta mediados de este mes. Se trata de la Ley Nº 20.606, que advierte a la población sobre el contenido de los alimentos que consume, como grasas saturadas, azúcar y sal.

04 de Marzo de 2013 | 10:32 | UPI
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El ministro de Salud, Jaime Mañalich.

Claudio Parra, El Mercurio

SANTIAGO.- El ministro de Salud, Jaime Mañalich, informó hoy que se amplió hasta el próximo 16 de marzo la consulta pública sobre el reglamento sanitario de la Ley Nº 20.606, conocida como "Ley Súper 8".


Ésta advierte a la población sobre el contenido de los alimentos que consume, como grasas saturadas, azúcar, sal y sodio.


"Nosotros ya terminamos la elaboración del reglamento. La consulta pública y el etiquetado propiamente tal está abierta hasta mediados de marzo. Nosotros lo teníamos contemplado hasta el 1 de marzo. Sin embargo, la Organización Mundial de Comercio nos pidió extender ese plazo", explicó Mañalich en entrevista con la agencia informativa UPI.


El jefe de cartera dijo que todos los antecedentes se encuentran disponibles en la página Web del ministerio www.minsal.cl


El secretario de Estado adelantó que en abril próximo se publicará en el Diario Oficial el contenido de la nueva normativa y que la ley entra en plena vigencia este 6 de julio.


Publicidad en alimentos


En tanto, el Senado analizará este martes en particular el proyecto de ley sobre publicidad de los alimentos, normativa que busca complementar la Ley N° 20.606 sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad.


La iniciativa del Ejecutivo prohíbe publicitar alimentos altos en grasas trans, azúcar y sal a menores de 14 años, y delimita los horarios en que pueden ser transmitidos avisos televisivos de estos productos.


La propuesta establece que solo entre las 22 horas y las 6 de la mañana se podrán emitir tales comerciales, lo que reduce la posibilidad de que un menor vea el mensaje.


Asimismo, el proyecto hace una excepción permitiendo tal publicidad en todo horario cuando se trate de espectáculos deportivos, culturales y artísticos.


La moción también prohíbe afirmar que estos alimentos satisfacen por sí solos los requerimientos nutricionales de una persona.