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Corte Suprema boliviana condiciona extradición de Alejandro Schayman

Le piden al Poder Judicial chileno comprometerse a que el sujeto, acusado de golpear y matar a su hija Tamara de sólo meses, no cumpla una pena que exceda los 30 años de cárcel. El máximo tribunal se declaró incompetente y ahora todo queda en manos del Ejecutivo.

03 de Mayo de 2011 | 09:33 | Leslie Ayala, Emol
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Alejandro Schayman acudió a Bolivia luego de conocer la sentencia que le ordenaba pasar el resto de su vida en la cárcel.

El Mercurio.

SANTIAGO.- Hasta las dependencias de la Corte Suprema de Chile llegó un requerimiento del máximo tribunal de Bolivia en el que se da a conocer una condición para que ellos accedan a la solicitud de extradición del ciudadano boliviano Alejandro Schayman Klein condenado por parricidio al haber matado a golpes a su pequeña hija Tamara cuando ésta tenía sólo meses de vida.


El requerimieto pide que tanto el Gobierno como el Poder Judicial se comprometan a "conmutar la pena impuesta, por una privativa de libertad no superior a 30 años".


Situación que se vuelve compleja toda vez que Schayman fue sentenciado en el territorio nacional a presidio perpetuo por el asesinato de su primogénita, un hecho que conmovió al país por la agonía de la pequeña quien tras estar hospitalizada falleció meses después.


Frente al requerimiento, la sala penal del máximo tribunal chileno se declaró incompetente de realizar esta acción, ya que a su juicio la posibilidad de conmutar una pena se encuentra regulada en Chile en la Ley N° 18.050.


Todo en manos del Ejecutivo


Según relató la fiscal judicial, esta norma fija las condiciones generales sobre concesión de indultos particularesen el cual la facultad de remitir, conmutar o reducir la pena de una persona condenada corresponde en forma especial al Presidente de la República, en este caso a Sebastián Piñera.


La ley establece que en el caso de personas, como en el caso de Schayman, que "han sido sentenciados a una pena de presidio perpetuo calificado sólo resulta procedente si el indulto particular se funda en razones de Estado o por el padecimiento de un estado de salud grave e irrecuperable debidamente acreditado, que importe inminente riesgo de muerte o inutilidad física de tal magnitud que le impida valerse por sí mismo".


Por todo lo analizado con anterioridad, ahora será el Ejecutivo quien deberá establecer si accede o no a la solicitud de las autoridades judiciales de Bolivia.

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