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Denuncian abuso jurídico en prohibición del "Libro negro de la justicia chilena"

El diputado del PPD Antonio Leal afirmó que la Primera Sala de la Corte de Apelaciones está más preocupada de ocultar la información, respecto de la actitud de los magistrados que la periodista Matus denuncia en su investigación, que de aplicar la ley.

30 de Julio de 2001 | 16:39 | ORBE, Agencias
SANTIAGO.- El diputado del PPD Antonio Leal, junto a la actriz Ximena Vidal y el presidente del Movimiento por la Tolerancia, Fernando Bórquez, expresó hoy su protesta y rechazo a la decisión de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones que mantiene requizado y prohibido de circular el "Libro Negro de la Justicia Chilena", de la periodista Alejandra Matus.

El diputado Leal señaló que el Ejecutivo y el Poder Legislativo han actuado para extender la libertad de expresión y el fin de toda censura al eliminar en la Ley de Prensa el artículo 6.b. de la Ley de Seguridad Interior del Estado.

Sin embargo, dijo Leal, esta decisión de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago demuestra que la Corte está más preocupada de ocultar la información, respecto de la actitud de los magistrados que la periodista Matus denuncia en su investigación, que de aplicar la ley.

Subrayó Leal que la derogación del artículo 6.b. elimina la norma en virtud de la cual se querelló el magistrado Fernando Jordán y en virtud del cual se procesó a la periodista Alejandra Matus y se requizó su libro.

Aquí -dijo Leal-, el tipo penal fue derogado y, por tanto, el proceso debiera ser clausurado, dado que la base de sustentación jurídica no existe, ya que se ha extinguido lo principal y debe extenderse también lo accesorio.

El diputado Leal planteó que se estaba cometiendo un abuso de facultades jurisdiccionales, por parte de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en su afán de establecer un rol privilegiado de los jueces frente a la Ley que el Parlamento ha derogado.

Asimismo, pidió al Presidente de la Corte Suprema, Hernán Alvarez, que actúe de oficio reparando esta equivocación y señaló que apoyarán los recursos que presente la editorial Planeta y el abogado Jean Piere Matus, en orden a un recurso de queja ante dicha corte.

Finalmente, señaló que si este tema no lo resolvían los tribuanles civiles con la velocidad suficiente, se presentaría de nuevo una acusación y una demanda judicial en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Presentan recurso de queja

El abogado de la periodista Alejandra Matus, Jean Pierre Matus, presentó hoy ante la Corte Suprema un recurso de queja con el fin que "El Libro negro de la justicia chilena" pueda circular en este país.

El libelo pretende revertir el fallo de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que el viernes 27 de julio declaró inadmisible un recurso de protección presentado para poner término a la incautación del texto.

Cabe recordar que a mediados de julio el ministro instructor Rubén Ballesteros decretó el sobreseimiento de la causa iniciada por el magistrado Servando Jordán mientras era presidente de la Corte Suprema y que se basaba en artículos de la Ley de Seguridad Interior del Estado sobre injurias con publicidad a autoridades con fuero, que posteriormente fueron eliminados.

El ministro Ballesteros, sin embargo, mantuvo la orden de arresto en contra de la reportera y la incautación de los ejemplares hasta que la resolución del sobreseimiento fuera confirmada por el tribunal de alzada capitalino.

Aunque la orden de arresto fue anulada tras ser acogido un recurso de amparo, la incautación de los ejemplares se mantiene y, según el abogado Matus, para que el fallo de Ballesteros quede "a firme" podrían pasar meses, debido a que se trata de una causa ordinaria con reo libre.

Por eso -explicó- es que se está recurriendo a este tipo de escritos paralelos.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones, que no acogió a trámite el recurso de protección el pasado 27 de julio, estuvo compuesta por los ministros Gabriela Pérez, Juan Araya y Rosa María Maggi, quienes en su fallo argumentaron que la resolución de Ballesteros corresponde a la actividad jurisdiccional del tribunal.
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