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IMPUTADOS

Son aquellas personas a quienes se les atribuye la responsabilidad de un delito. Sólo las personas naturales pueden ser imputados de un delito porque las personas jurídicas responden quienes hubieren intervenido en el hecho delictivo, sin perjuicio de la responsabilidad civil que las pudiera afectar.
Los imputados pueden resultar responsables de un delito en su calidad de:

imputado1. Autores
• Cuando toman parte en la ejecución del hecho, de manera inmediata y directa o impidiendo o procurando impedir que se evite.
• Cuando fuerzan o conducen directamente a otro a ejecutarlo.
• Cuando, concertados para la ejecución del delito, facilitan los medios con que se lleva a efecto el hecho o lo presencian sin tomar parte inmediata en él.

2. Cómplices
Cuando sin ser autores cooperan con la ejecución del hecho delictivo por actos anteriores o simultáneos.

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