Los ministros hicieron el anuncio tras sostener todo el día reuniones con los senadores de oposición y oficialismo.
Aton
Tras todo el día en reuniones con legisladores de oposición y oficialismo, el Gobierno ingresó al Senado su propio proyecto de ley que permite el retiro del 10% de los fondos de pensiones, aunque fijó límites frente a la iniciativa de moción parlamentaria que también se debate en la Cámara Alta.
Según el texto que fue presentado esta tarde solo unas horas después de que la comisión de Constitución del Senado despachara el proyecto impulsado por la diputada Pamela Jiles (PH) ya aprobado también por la Cámara, se fijó un retiro mínimo de 35 UF ($1 millón) y máximo de 100 UF ($2,8 millones, frente a las 150 UF del otro proyecto).
Sobre el retiro, el proyecto establece que
no lo podrán hacer los afiliados que a la fecha de solicitarlo tengan cotizaciones previsionales declaradas en el mes inmediatamente anterior a la solicitud y cuyas remuneraciones sean iguales o superiores a
100 UF. Además, no lo podrán retirar las personas cuyas rentas o remuneraciones se regulen de conformidad al artículo 38 bis de la Constitución Política de la República (altos cargos públicos).
Sobre los plazos, el texto establece un pago en dos cuotas. La primera en un plazo de 60 días hábiles desde la fecha de presentación de solicitud y, el segundo, en un plazo de 10 días hábiles desde el primer pago. Se trata de plazos máximos, con la finalidad de proteger la estabilidad de los fondos de pensiones de todos los afiliados.
El Ejecutivo planteó que el retiro sí constituirá renta, es decir, deberá tributar, según los tramos de impuesto a la renta que corresponda.
Reintegro de los recursos
El proyecto ingresado con discusión inmediata para que la discutan en comisiones unidas de Hacienda y Trabajo establece un mecanismo para reintegrar los fondos de los afiliados.
"Se establece un regla de reintegro a través de una cotización adicional que deberá determinar la Superintendencia de Pensiones, realizando un estudio que determine la tasa de cotización adicional correspondiente considerando los parámetros de comportamiento del mercado laboral y el perfil de cada afiliado. Además deberá determinar la temporalidad del reintegro", establece la iniciativa.