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Juez argentino se enfrenta a la RAE por una de las acepciones de "judío" en el diccionario: "Incita a la discriminación"

El magistrado Ariel Lijo ordenó a la institución con sede en España, suprimir "inmediatamente" el quinto significado de la palabra, que alude a una persona "avariciosa o usurera". La RAE advierte, eso sí, que se trata de un uso "ofensivo o discriminatorio".

27 de Septiembre de 2024 | 11:53 | AFP / EFE / Editado por M. Francisca Prieto, Emol
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Un juez argentino ordenó este jueves suprimir del Diccionario de la Lengua Española una acepción de "judío" que describe a una persona como "avariciosa o usurera", y dispuso el bloqueo del enlace del sitio web de la RAE hasta que cumpla con la decisión, informaron fuentes judiciales a la prensa local.

El juez Ariel Lijo ordenó a la Real Academia Española (RAE) "que suprima inmediatamente (...) la quinta acepción de la palabra 'judío, a' por configurar un discurso de odio que incita a la discriminación por motivos religiosos", según el fallo judicial citado por el portal Infobae.

Hace años que las comunidades judías han intentado dialogar con la RAE para modificar el contenido antisemita de su definición".

Claudio Epelman, Director Ejecutivo del Congreso Judío Latinoamericano
"Dicho de una persona: Avariciosa o usurera", afirma la quinta definición de la palabra en el diccionario de la Real Academia Española, que aclara que se trata de un uso "ofensivo o discriminatorio".

Además, Lijo instruyó al Ente Nacional de Comunicaciones de Argentina que bloquee el enlace con esa definición del Diccionario de la Lengua Española hasta que la RAE cumpla con esta demanda.

El fallo surge a partir de una denuncia penal presentada por Claudio Epelman, Director Ejecutivo del Congreso Judío Latinoamericano, y de Jorge Knoblovits, presidente de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas, el 28 de agosto, contra el director de la RAE, Santiago Muñoz Machado, y contra toda la organización, detalló Infobae.

La denuncia, según Infobae, plantea que se viola la ley 23.592, que prevé prisión de un mes a tres años a quienes participen en una organización o propaguen "ideas que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma".

La Justicia solicitó al Ente Nacional de Comunicaciones que bloquee provisionalmente el acceso a la definición de "judío" hasta que la RAE cumpla con lo ordenado.

"Perpetúa el antisemitismo".

Jorge Knoblovits, presidente de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas
En 2021 y 2023, instituciones judías y organismos antidiscriminación ya habían solicitado a Muñoz Machado quitar esa acepción, pero el director de la RAE se negó, aunque agregó que su uso puede resultar ofensivo o discriminatorio, añadió el medio.

Lijo consideró en su fallo que se trata de "una respuesta inaceptable desde la óptica de los derechos humanos".

"Hace años que las comunidades judías han intentado dialogar con la RAE para modificar el contenido antisemita de su definición, pero la única respuesta que obtuvimos sólo empeoraba la situación. Ante esta situación, nos vimos forzados a recurrir a la vía judicial", sostuvo Epelman.

Mientras, Knoblovits indicó que la existencia de esa acepción "es un hecho preocupante y denunciable" porque, en su opinión, "perpetúa el antisemitismo".

Argentina posee la comunidad judía más grande de América Latina, y cuenta en su haber con la trágica cifra de dos atentados dirigidos a esa colectividad, ambos en Buenos Aires: la Embajada de Israel en 1992, con un saldo de 29 muertos, y la Asociación Mutual Israelita Argentina en 1994, que dejó 85 muertos.
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