SANTIAGO.- En Chile son uno de los ítems del presupuesto de las Fuerzas Armadas y Carabineros, y la ley los señala como utilizables en dichas instituciones "para el cumplimiento de sus tareas públicas relativas a la seguridad externa y el orden público del país". Por sus características, dice la legislación, "requieren de reserva o secreto".
Se trata de los gastos reservados, esa partida presupuestaria que permite a ciertas instituciones —también a Presidencia, el Ministerio del Interior, la Agencia Nacional de Inteligencia y la Policía de Investigaciones, entre otros— ocupar fondos "útiles para la defensa nacional".
Son los mismos que hoy están bajo la lupa de la justicia, luego de que dos ex comandantes en jefe del Ejército fueran procesados por presunta malversación de caudales públicos: primero fue el turno de Juan Miguel Fuente-Alba, por un monto aproximado de $3.500 millones, y luego el de Humberto Oviedo, por $4.500 millones.
Según el propio Fuente-Alba, por lo menos desde 2006 los fondos se habrían utilizado en parte para realizar pagos irregulares a generales en retiro. El cuestionamiento ha crecido a tal nivel que en noviembre pasado los parlamentarios de la ex Nueva Mayoría le asignaron $1 a Carabineros en este ítem, una acción que llevó al Gobierno a presentar un proyecto de ley que regule la rendición de gastos reservados del área pública.
Pero Chile no es el único país que cuenta con esta figura. Ya sea en la forma de gastos reservados, como ocurre aquí, en Colombia y España; fondos especiales o secretos, como en Francia; o gastos no respaldados, como en EE.UU., las administraciones suelen financiar determinados planes y programas mediante fondos sujetos a un control que exceptúa la aplicación de ciertas reglas generales.
España
En el caso de España, los fondos o gastos reservados son asignados por la Ley de Presupuestos Generales del Estado al Centro Nacional de Inteligencia, la Secretaría de Estado de Defensa del Ministerio de Defensa, y a los ministerios de Interior y Asuntos Exteriores.
Los créditos destinados se fijan de forma específica para cada ejercicio económico en la ley. Tradicionalmente, es el Centro Nacional de Inteligencia el departamento que recibe mayor financiamiento (cerca del 70%), aunque recientemente llamó la atención que el Gobierno español resolviera incrementar en un millón de euros la partida de gastos reservados destinados únicamente al Ministerio de Interior. El monto, en 2018, alcanzó los 27 millones de euros (cerca de $20.000.000.000).
27 millones de euros alcanzaron los fondos en 2018
Estos gastos son controlados por una comisión parlamentaria y los titulares de los ministerios que disponen de los fondos deben comparecer regularmente ante el Parlamento para dar cuenta de la utilización de los gastos.
Por el carácter secreto del financiamiento, el Gobierno sólo informa en sesión secreta y ante una comisión de la que sólo forman parte un diputado de cada grupo parlamentario (bancada) elegido por una mayoría cualificada del Pleno Congreso.
Adicionalmente, la comisión puede citar a otras autoridades a rendir cuentas. Tal fue el caso de la vicepresidenta de Gobierno, Carmen Calvo, que compareció en enero para dar explicaciones sobre un viaje del Presidente Pedro Sánchez a Castellón, luego de que el PP pidiera explicaciones sobre el carácter "secreto" del coste de los viajes que el Mandatario y sus acompañantes realizan en el helicóptero y avión oficial.
Francia
En Francia se les conoce como "fondos secretos". Se trata de recursos que fueron regulados por ley por primera vez en 1946 y que hasta 2001 fueron usados para diversas finalidades. En 2001 se aprobó un artículo de la Ley de Finanzas que introdujo modificaciones a estos fondos.
A partir de 2002, los fondos se consagran en el Programa N°129 de la misión Dirección de la Acción gubernamental. Están consagrados en la "coordinación de la seguridad y la defensa" y su finalidad fue restringida únicamente a las actividades de defensa.
Otra modificación fue la creación de un nuevo mecanismo de control: antiguamente el encargado era un órgano colegiado, compuesto por seis miembros. Se trataba de dos diputados, dos senadores y dos miembros de la corte de cuentas, a propuesta del primer ministro.
En 2013 se suprimió el carácter autónomo de esta comisión y desde entones el órgano únicamente ha funcionado conforme el estatuto de una comisión especializada. Su composición se redujo a dos diputados y dos senadores y debe asegurar una "integración pluralista" de sus miembros.
EE.UU.
En Estados Unidos están regulados en la sección 3524 del capítulo 31 del Código de los EE.UU., a propósito de las funciones del contralor general, que preside la Oficina de Responsabilidad del Gobierno de los EE.UU.
Las normas establecen que el contralor general tiene la potestad para auditar aquellos gastos que sean contabilizados mediante la sola aprobación, autorización o certificado del Presidente o de un funcionario de una agencia del Ejecutivo, para decidir si el gasto fue autorizado por ley y si fue realizado.
"El Presidente tiene la facultad de eximir la aplicación de las normas a las transacciones financieras sobre actividades sensibles de inteligencia y contrainteligencia extranjera, o sobre investigaciones criminales sensibles"
Código de EE.UU.
El contralor también puede solicitar los registros y la información relacionada a esos gastos, y tiene la obligación de certificar al Congreso su verificación e informe del uso de los fondos. También tiene autorización para revelar los resultados de la auditoría exclusivamente al Presidente o al jefe de la agencia del Ejecutivo.
En caso de alguna discrepancia, se le debe presentar a la Comisión de Asuntos Gubernamentales del Senado, a la Comisión de Operaciones Gubernamentales de la Cámara de Representantes y a las comisiones del Congreso que tengan facultades de supervisión legislativa o presupuestaria.
Adicionalmente, el Presidente tiene la facultad de eximir la aplicación de las normas a las transacciones financieras sobre actividades sensibles de inteligencia y contrainteligencia extranjera, o sobre investigaciones criminales sensibles, en caso de que una auditoría pudiera exponer los datos de identificación de una investigación activa o pusiera en peligro a las fuentes.
Colombia
Dentro de Latinoamérica, Colombia es uno de los países que cuenta con este tipo de gastos. La ley los define como "aquellos que se realizan para la financiación de actividades de inteligencia, contrainteligencia, investigación criminal, protección de testigos e informantes".
Los organismos autorizados para hacer uso de dichos fondos también están precisados por ley, que determina de manera indirecta el ámbito de aplicación. La vigilancia del control fiscal y de resultados en su ejecución está a cargo de un "grupo auditor", que depende directamente del contralor general.
Es el contralor el encargado de "expedir las normas para armonizar el sistema de control fiscal sobre gastos reservados". La legislación, además, introduce elementos de control internos, que dependen de cada secretaría autorizada para el manejo de estos fondos.
A partir de 2006, la ley faculta a las entidades a tener mecanismos de control interno que "garanticen la adecuada ejecución de los recursos con apego a la reglamentación general, a los manuales de funciones y procedimientos propios y el cumplimiento óptimo de su función".
Las mismas oficinas de control interno ponen en marcha programas de verificación y seguimiento, y además determinar aspectos como la causalidad y conexidad del gasto con las actividades previstas en la ley, y la efectividad de los mecanismos de control implementados.