SANTIAGO.- Hoy entró en vigencia la franquicia tributaria establecida en la Ley 20.365, que subsidia el costo de los sistemas solares utilizados para producir agua caliente en las viviendas.
Las empresas constructoras podrán acceder a la devolución de entre 20% y 100% del costo de paneles solares para agua caliente sanitaria instalados en nuevas construcciones, cuyo valor no supere las 4500 UF.
"Esta iniciativa ayuda a diversificar la matriz energética del país con energía limpia y renovable, y significará importantes ahorros para las familias que adquieran una vivienda con colectores solares", dijo el ministro de Energía, Ricardo Raineri, en la ceremonia de entrada en vigencia de la franquicia tributaria.
La autoridad agregó que “sin duda esta tecnología se convertirá en un elemento diferenciador y esperamos que durante los próximos años se multipliquen exponencialmente las viviendas con sistemas solares térmicos”.
Gracias a esta iniciativa, las empresas de energía solar estiman que el 2011 se instalarán colectores solares en más de 50 mil viviendas, lo que provocará una disminución de cerca de 30 mil toneladas en emisiones de CO2.
¿Cuál es la cobertura del beneficio?
El subsidio se entregará a las empresas constructoras que instalen sistemas solares térmicos en viviendas nuevas, sean casas o edificios de departamentos.
Las empresas podrán deducir de sus impuestos:
- El 100% del valor del sistema con un tope de 32 UF para viviendas de hasta 2000 UF.
- El 40% del valor del sistema con un tope de 32 UF para viviendas de entre 2001 y 3000 UF.
- El 20% del valor del sistema con un tope de 32 UF para viviendas de entre 3001 y 4500 UF.
En el caso de los edificios, los topes varían entre las 23 y 29 UF dependiendo del tamaño de la superficie del sistema.