La Corte de Justicia de la Unión Europea decidió que existen fundamentos suficientes para que los propietarios de vehículos con motores diesel equipados con un programa no autorizado conocido con el nombre de "ventana térmica" puedan reclamar a los constructores daños e intereses.
Esta decisión podría abrir una nueva batalla judicial contra los constructores de vehículos, los que aún no han salido de los procesos abiertos tras estallar el escándalo conocido como “Dieselgate”.
El propietario de un vehículo equipado con ese dispositivo se beneficia "de un derecho a la reparación por parte del constructor automotriz cuando el dispositivo causó daño a ese comprador", indica la sentencia del tribunal.
Este dispositivo posibilita controlar la purificación de los gases de escape de los vehículos diésel en función de la temperatura exterior.
El sistema de filtración de las emanaciones de óxido de azote (NOx) es reducido o desactivado cuando las temperaturas son muy bajas o por encima de cierta altitud.
Las organizaciones medioambientales ven en este sistema una trampa destinada a que las emisiones contaminantes parezcan menores a las que en realidad emiten los vehículos.
Según se explicó, este caso tendría elementos que lo distinguen del "Dieselgate", que estalló en septiembre de 2015 y desestabilizó a todo el sector automotriz, aún cuando plantea un problema muy similar para los fabricantes.
En el escándalo de los motores trucados de 2015, Volkswagen reconoció que adaptó 11 millones de automóviles para que mostraran niveles de emisión de óxido de azote inferiores a la realidad.
Varios constructores y fabricantes de equipos se encuentran desde entonces en la mira de la justicia en muchos países.
El dispositivo de las "ventanas térmicas" es también muy usado por constructores automotrices, por lo que la decisión de la Corte de Justicia Europea, con sede en Luxemburgo, podría abrir la vía a una nueva "oleada de procesos" de propietarios de automóviles.
Así al menos lo afirmó esta jornada el reconocido bufete de abogados alemán Goldenstein, especializado en derecho del consumidor y que dice representar a unos 50.000 demandantes por el asunto del sistema anticontaminación.
En Alemania, los recursos relativos a las "ventanas térmicas" fueron hasta ahora rechazados por la más alta jurisdicción, al considerar que no podía tratarse de un perjuicio intencional del constructor, sino a lo máximo una negligencia.
"Varios millones de personas en Europa pueden beneficiarse de la decisión" de la justicia, afirmó el gabinete de abogados.