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¿Por qué pueden rechazar los vidrios polarizados de su auto en la revisión técnica?

En la actualidad la normativa que regula el uso de estas láminas establece estrictas condiciones para permitir su uso.

10 de Enero de 2024 | 17:33 | Carlos Valdés
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No pocos conductores han sufrido últimamente el rechazo de la revisión técnica de su vehículo por tener vidrios oscurecidos o polarizados que no cumplen con las especificaciones establecidas en la normativa que está vigente desde hace menos de dos años y donde si bien se permite el uso de estas láminas, se establecen una serie de condiciones que deben ser cumplidas para que sean validadas.

Lo primero a tener en cuenta es que la actual normativa autoriza adherir en los vidrios de los vehículos láminas oscuras o polarizadas siempre y cuando cumplan con el Factor de Transmisión Regular de la Luz (FTRL) que establece el reglamento.

Factor de Transmisión Regular de la Luz


En el caso de los vehículos livianos el FTRL -detalla el portal del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones- es de un 70% en los vidrios laterales delanteros y un 28% en los vidrios laterales traseros y luneta, en ambos casos con un margen del 5%.

En tanto, en el caso de los taxis y transportes escolares la normativa establece un FTRL de un 70% para los vidrios laterales delanteros y las lunetas, mientras que en los vidrios laterales traseros llega a un 50%.


Por qué se rechazan


En todos los casos descritos, las láminas deben contar además con un sello en relieve e indeleble donde se indique el FTRL que ofrecen junto con el nombre y RUT del instalador.

“Si en la revisión técnica las láminas polarizadas de tu vehículo no cumplen con la normativa como (...) el porcentaje de transmisibilidad y/o no cuentan con el sello indeleble correspondiente, esto significa que la revisión técnica de tu vehículo será rechazada”, advierten las Plantas de Revisión Técnica en su sitio web.

Importante tener en cuenta que junto con estas exigencias, la normativa del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones también prohíbe el uso de láminas reflectivas, metálicas o espejadas.

También se señala que serán rechazadas las láminas color ámbar, amarillo, rojo o azul, en cualquiera de sus matices.

A estas también se suman las láminas sobre vidrios oscurecidos o tinteados en vidrios que de fábrica están permitidos, las láminas con imperfecciones, las láminas adheridas en la superficie externa de los vidrios o no instaladas en un sólo paño.

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