VALPARAÍSO.- El Senado aprobó el informe de comisión mixta sobre el proyecto que regula el cobro en estacionamientos en centros comerciales, supermercados, clínicas, hospitales y strip center, en medio de los cuestionamientos de algunos parlamentarios de la Nueva Mayoría.
Finalmente, el texto fue respaldado por 26 votos a favor, 2 en contra (senadores Adriana Muñoz y Alejandro Navarro) y 1 abstención (Jaime Quintana), por lo que la iniciativa quedó en condiciones de ser promulgada.
De acuerdo a lo que concordó la comisión mixta, se establecen las siguientes reglas para los proveedores que ofrezcan servicios de estacionamiento de acceso al público general, cualquiera sea el medio de pago utilizado:
-El cobro de uso del servicio de estacionamiento por períodos inferiores a 24 horas, se podrá efectuar mediante el cobro por minuto efectivo de uso del servicio, quedando prohibido el cargo por períodos, rangos o tramos de tiempo; o por tramo de tiempo vencido, no pudiendo establecer un periodo inicial inferior a media hora. Los siguientes tramos no podrán ser inferiores a 10 minutos cada uno.
-Cualquiera sea la modalidad de cobro que se utilice, el proveedor no podrá, bajo ninguna circunstancia, redondear o aproximar la tarifa al alza.
-Los proveedores de estacionamiento podrán fijar un período de uso del servicio sin cobro, de acuerdo a sus políticas comerciales o a las condiciones de uso de dicho servicio.
Estas tres primeras reglas se aplicarán también en los estacionamientos en la vía pública. En estos casos, además, no se podrá exigir al usuario, bajo circunstancia alguna, el pago por rangos o tramos de tiempo superior o distinto al tiempo efectivamente utilizado
-Si el consumidor pierde el comprobante de ingreso, el proveedor consultará sus registros con el fin de determinar de manera fehaciente el tiempo efectivo de utilización del servicio, para cobrar la tarifa correspondiente. Se prohíbe el cobro de una tarifa prefijada, multas o recargos.
-Si debido a la falta de medidas de seguridad adecuadas se producen hurtos, robos o daño en el vehículo, el proveedor del servicio será civilmente responsable de los perjuicios causados al consumidor, independiente de la responsabilidad infraccional que corresponda de acuerdo a las reglas generales de la Ley del Consumidor.
Asimismo, la propuesta invalida los letreros o declaraciones en los estacionamientos que eximen o limitan su responsabilidad por robo, hurto o daño en estos recintos.