Macarena Pizarro es la conductora de "En la mira".
CHV
SANTIAGO.- La Corte Suprema acogió un recurso de queja que presentó CHV y anuló la sanción que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) le impuso al canal, por la supuesta emisión de información sesgada en un reportaje de "En la mira".
En fallo divido, la Tercera Sala del máximo tribunal dio lugar al recurso presentado tras fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la sanción (consistente en una amonestación) por un capítulo del programa en que se abordó el proyecto hidroeléctrico Alto Maipo.
La determinación del CNTV, dada a conocer en octubre de 2014, estimó que el espacio vulneró el "derecho fundamental a la información que tienen las personas mediante la entrega de información incompleta y sesgada sobre el Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo".
Sin embargo, y tras repasar antecedentes del citado derecho, la máxima instancia de Justicia determinó que la sanción del Consejo "no tiene justificación en un derecho a la información que, como se dijo, no constituye una limitación a las libertades de emitir opiniones y de informar".
"Al imponer dicha sanción, el Consejo ha interferido en dichas libertades constitucionales de un modo que no se encuentra autorizado en derecho", sigue el fallo, que aclara que si el programa "hubiera ofendido o aludido injustamente" al Proyecto en cuestión, hay otras especificaciones en la ley respecto de cómo actuar.
"No es ésa, sin embargo, la responsabilidad que ha hecho valer el Consejo", agrega el fallo.