Imágenes de archivo de las películas "Rambo" y "Bajos instintos".
Archivo El Mercurio
SANTIAGO.- Las empresas cableoperadoras acumulan millonarias multas por emitir algunas películas para mayores para 18 años en horario de protección a menores. De hecho, según informa El Mercurio, sólo entre enero y junio la solicitud de pagos llegan a 3.550 UTM, unos $163 millones por 38 sanciones. Uno de los últimos casos se vio en octubre, cuando la Corte Suprema ratificó una multa para DirecTV por 250 UTM (más de $11.500.000) por haber transmitido "Rambo" (1982) antes de las 22:00 horas. Y también hay 15 sanciones por "Rambo 2" (1985).
Pero es el mismo ente regulador de la televisión el que admite que gran parte de estos castigos se basan en una calificación que se hizo hace décadas: "Son cintas antiguas con contenido que hoy podría ver un público más amplio, pero no tenemos la atribución para tomar esa decisión", explicó el presidente del Consejo Nacional de Televisión (CNTV), Óscar Reyes y agregó: "Sería oportunio que se revisara el criterio de la calificación de las películas según parámetros acordes con los tiempos de la sociedad actual. Si no, seguiremos sancionando producciones cinematográficas que por contenido quizás no deberían ser sancionables, pero no podemos dejar a un lado su calificación predispuesta".
Es por esto que el CNTV solicita al Consejo de Calificación Cinematográfica vuelva a analizar la censura de una serie de películas que en los años ochenta y noventa fueron calificadas para mayores de 18 años.
Para ello, el CNTV mandó una carta a la entidad dependiente del Ministerio de Educación solicitando que se vuelvan a ver 28 películas,entre las cuales se encuentran: "Caracortada" (1983), "El padrino III", "Cabo de Miedo" (1991), "Bajos instintos" (1992), "Mujer soltera busca" (1993), "El especialista (1995)", Casino (1995), "Suelos que matan" (1998) y "Belleza americana" (1999) y "Juegos sexuales" (1999).
Al respecto, la abogada del Consejo de Calificación Cinematográfica, María Verónica León, explicó a El Mercurio que la Ley 19.846 efectivamente contempla un posible cambio. "Es factible recalificar cualquier producción cinematográfica transcurrido un año desde su calificación y cumpliendo los requerimientos exigidos por las disposiciones que las regulan".