Ballet, ópera y actividad coral quedarían marginados del proyecto de ley.
Archivo El Mercurio.
SANTIAGO.- Con el objetivo de fomentar la creación de las artes escénicas y de facilitar el acceso de la ciudadanía a ellas, se creó el proyecto de
Ley de Artes Escénicas, que actualmente se encuentra en tramitación. Sin embargo, al poco andar, se detectó
graves faltas en el documento, que principalmente apuntaban a que
actividades artísticas como la ópera, el ballet y los coros, no aparecían mencionados. No así, el teatro, la danza, el circo, los títeres y la narración oral, que si fueron abarcados.
Desde el Ejecutivo se hicieron indicaciones para incluir estas tres disciplinas en el proyecto de ley, pero la iniciativa no prosperó y terminó siendo rechazada por la Comisión de Educación y Cultura del Senado, en la sesión celebrada el miércoles.
El equipo conformado por Yasna Provoste, José García Ruminot, Juan Ignacio Latorre, Jaime Quintana y Ena Von Baer, discutió en la instancia un poco más del 10% de las 60 indicaciones que se presentaron, según consigna
El Mercurio.
Algunos de los argumentos esbozados por los parlamentarios apuntaban a que, por ejemplo, las actividades corales ya están incluidas en el Fondo para el Fomento de la Música Nacional; que el ballet se abarca en la categoría de danza, y que la ópera está dentro de las líneas de financiamiento teatral.
En la discusión, un senador leyó la definición de Wikipedia para danza y otro, un mensaje de Twitter de un usuario anónimo que señalaba que no había diferencias entre ópera y teatro.
El subsecretario de Cultura, Juan Carlos Silva, quien estuvo presente en la instancia, explicó que aún cuando "los senadores tomaron su decisión", se entiende que las tres disciplinas en disputa "ya están incorporadas dentro de otra categoría".
La marginación de estas tres disciplinas significaría que no podrán optar a fondos de financiamiento específicos y que no tendrán representación especializada, que vele por sus necesidades, en el nuevo Consejo Nacional de las Artes Escénicas.