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Gobierno recuerda a Suprema que política exterior compete sólo al Ejecutivo tras fallo por Venezuela

Esto luego de que el máximo tribunal ordenara al Gobierno requerir ante la Comisión de Derechos Humanos de la OEA, vigilar el estado del opositor Leopoldo López, tras su condena en su país.

30 de Diciembre de 2015 | 18:07 | Emol
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CNN
SANTIAGO.- El Ministerio de Relaciones Exteriores se refirió este martes a la resolución tomada por la Corte Suprema, respecto a la aprobación del recurso de protección a favor de la condena del opositor venezolano Leopoldo López.


La cancillería le recordó al organismo que "la conducción de las relaciones internacionales le corresponde al Gobierno respectivo en representación del Estado".




Esto, luego que el máximo tribunal ordenara en noviembre al Gobierno de Chile a requerir a la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, que vigile en el Estado de Venezuela las condiciones de salud y de privación de libertad de los líderes opositores venezolanos Leopoldo López y Daniel Ceballos encarcelados en en ese país.



El Ministerio enfatizó que tras dicha acción de la Corte, no fueron notificados para ser parte del proceso y "no figuró nunca como autoridad recurrida". Incluso, asegura que conocieron el caso cuando el Tribunal ya había aprobado la solicitud.



Aseguran, que tampoco fueron parte del recurso de nulidad procesal presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en contra del recurso de protección, el que fue rechazado por la Corte Suprema.



"El lunes 28 de diciembre de 2015 este Ministerio tomó conocimiento que la Corte Suprema había rechazado la presentación efectuada por el Consejo de Defensa del Estado y que, al mismo tiempo, había decidido modificar su sentencia anterior, en cuanto a que el requerimiento a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se efectuaría directamente por el máximo tribunal, prescindiendo de la intervención del Gobierno para dichos efectos", afirmó.



Ante dicha situación catalogada como sin precedentes por el Ministerio, éste llamó al máximo tribunal a recordar que "otros órganos del Estado no están habilitados para intervenir en actos de la esfera internacional propios del Ejecutivo" y que la Carta Fundamental entrega tales facultades al Presidente de la República.
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