PANAMÁ.- Un empresario panameño fue condenado a 5 años de cárcel y 4 ex funcionarios a 1 año de prisión cada uno por el envenenamiento masivo causado por un jarabe distribuido hace más de una década por el Seguro Social de Panamá, que dejó casi dos centenares de muertos y miles de afectados, informó hoy la Justicia.
El empresario Ángel Ariel De La Cruz Soto fue condenado a 5 años de prisión y al pago de una multa de 6.000 dólares.
De La Cruz, quien fue el único detenido en este caso y que salió de la cárcel en noviembre de 2012 con medida cautelar de casa por cárcel, tras estar preso 6 años, se le inhabilita para funciones públicas por el mismo plazo de la condena principal.
Mientras, los ex funcionarios Edward Enrique Taylor Jurado, Miguel Antonio Algandona De León, Nereida Isabel Quintero Ortíz de Velasco y a Marta Cristelly Sánchez Bustamante de Castillo fueron sentenciados a 12 meses de pena e inhabilitados para ejercer funciones públicas por un año.
Taylor era jefe de laboratorio de control de calidad de la Caja de Seguro Social (CSS); Algandona, analista de laboratorio de control de calidad; Quintero, jefa de abastos; y Sánchez Bustamante, sucesora de Quintero en la dirección de abastos.
El juicio, que empezó el pasado 21 de marzo y concluyó el 8 de abril, comprendía un expediente de 367 tomos y once acusados.
Este caso, de gran revuelo en Panamá y de impacto mundial, se remonta al 2003 cuando la estatal CSS compró cerca de 9.000 kilos de supuesta glicerina pura a la empresa panameña Medicom, cuyo gestor era De La Cruz, que compró la mercancía a la farmacéutica española Rasfer Internacional S.A., que la trajo desde China.
En julio de 2011, la Audiencia Nacional española confirmó el sobreseimiento de la investigación a Rasfer, rechazando el recurso que habían presentado los afectados y la CSS de Panamá contra el archivo inicial de la causa, decretado en abril del mismo año por el juez Ismael Moreno.
Este juez entendió que la empresa farmacéutica española contra la que se querellaron las víctimas fue una "mera intermediaria comercial", según la Audiencia Nacional.
Con la supuesta glicerina pura, la CSS elaboró un jarabe para la gripe que resultó no ser apto para el consumo humano por contener dietilenglicol, sustancia tóxica que se utiliza principalmente como refrigerante industrial.
Las autoridades sanitarias distribuyeron por todo el país más de 200.000 frascos del conocido como "jarabe de la muerte", pero no fue hasta el año 2006 cuando se empezaron a identificar los primeros casos de envenenamiento.
Las autoridades han reconocido hasta ahora 170 muertes y más de 1.300 afectados, pero se estima que la cifra puede ser mayor.
El Segundo Tribunal Superior de Justicia de Panamá absolvió al exdirector de la CSS René Luciani, a los exfuncionarios de salud pública Linda Thomas, Ignacio Torres y Pablo Solís; y a los empresarios Teófilo Gateno y Josefa De La Cruz De Seda, indicó en un comunicado el Órgano Judicial (OJ).
Thomas ocupaba la posición de jefa de laboratorio de producción de medicamentos de la CSS; Torres era asistente de farmacia en el laboratorio de control de calidad de la Caja; Solís, jefe de farmacia y drogas del Ministerio de Salud; Gateno, un empresario que opera en el área de financiación comercial; y Josefa De La Cruz, miembro de la directiva de la empresa Medicom.
El tribunal además condenó en abstracto (sin fijar monto) a Ángel de La Cruz por daños materiales y morales ocasionados a José López, Cristobal Fundora, Milagros Rey y Luz María Mendieta, que presentaron recursos de daños y perjuicios derivados del delito.
En su fallo, el Segundo Tribunal Superior consideró que en este caso se ha dado "la confluencia de una serie de comportamientos tanto culposos como dolosos independientes los unos de los otros, pero concurrentes".
El tribunal resaltó que el análisis de los hechos pone en evidencia "una serie de deficiencias críticas en algunos de los procesos institucionales seguidos para la prestación del servicio de salud pública consistente en la dotación de medicamentos a gran escala".
Lo que ha ocurrido en este caso, según el fallo, ilustra deficiencias en los procesos de compra de materia prima (glicerina), así como en los procesos de su introducción y análisis.