SANTIAGO.- El último anuncio hecho este viernes por
el Presidente de Bolivia, Evo Morales, sigue sorprendiendo: dos meses después de haberlo descartado públicamente, el Mandatario informó sobre la presentación de una contrademanda a Chile ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en el marco del
litigio por las aguas del río Silala, respondiendo así a la acción judicial presentada por nuestro país en 2016.
Se trata de una determinación que ciertamente incidirá en el proceso, ya sea en su duración o en los pasos que ahora deberán seguir ambos equipos jurídicos.
"Lo más probable es que la demanda reconvencional (contrademanda) de Bolivia tenga como efecto alargar el procedimiento entre Chile y Bolivia", asegura a
Emol la abogada experta en Derecho Internacional
Paz Zárate, quien explica que este proceso ya es bastante largo sin considerar la reconvención o contrademanda.
La especialista agrega que se trata de una estrategia pocas veces usada en los casos ante la Corte (menos del 5% del total). "Es un porcentaje muy bajo del total de casos contenciosos", afirma. No obstante, aclara que queda aún conocer los detalles de la contrademanda boliviana para hacer un mayor análisis.
Lo que se viene
Para entender los pasos a seguir, debemos remitirnos al artículo 80 del Reglamento de la CIJ, el cual establece que "podrá presentarse una demanda reconvencional siempre que ésta tenga conexión directa con el objeto de la demanda de la otra parte y entre dentro de la Corte".
De este modo, corresponde al tribunal decidir si considera admisible dicha acción judicial. De ser así, "la Corte normalmente ordena la presentación de una contestación a la contrademanda y una dúplica", explica Zárate.
"Lo más probable es que la demanda reconvencional de Bolivia tenga como efecto alargar el procedimiento entre Chile y Bolivia"
Paz Zárate
"Para garantizar la igualdad estricta entre las partes, generalmente se reserva un derecho para la parte que responde a las contrademandas para expresarse una segunda vez por escrito en esos reclamos en un escrito adicional", agrega.
El tribunal, además, puede ordenar en cualquier momento la acumulación de autos, es decir, juntar los expedientes de ambas demandas "a la luz de las circunstancias específicas de cada caso, de acuerdo a los principios procesales de la buena administración de
la justicia y la economía procesal", apunta la abogada.
La profesional explica que esto ya ocurrió, por ejemplo, en el caso entre
Costa Rica y Nicaragua, relativo a ciertas actividades llevadas a cabo por este último en área fronteriza, lo que llevó a Managua a contrademandar sobre un tema relacionado: los efectos que tendría la construcción de un camino en Costa Rica a lo largo del río San Juan, que es de soberanía nicaragüense.
Por el contrario, si los autos no se acumulan, "lo que ha pasado es que la Corte de todos modos lleva los casos en paralelo y ha dictado sentencia para ambos casos el mismo día", afirma la profesional.