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Gobierno de Perú promulga decreto que facilita la rápida expulsión de migrantes irregulares

El procedimiento se aplicará a los que ingresen al país sin pasar por el control migratorio y también por realizar actividades que ponen en riesgo o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.

14 de Noviembre de 2023 | 17:10 | EFE/Editado por Ramón Jara A., Emol
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La medida consta de una fase instructora y otra sancionadora.

El Mercurio
El Gobierno peruano promulgó este martes el decreto legislativo que modifica la ley de migraciones para establecer un procedimiento administrativo sancionador especial excepcional, que acelere la expulsión de extranjeros en situación irregular y los que incurran en delitos contra la seguridad ciudadana y el orden interno.

El procedimiento sancionador se aplicará a los que ingresen al país sin pasar por el control migratorio y también por realizar actividades que ponen en riesgo o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana, al quedar establecidos como infracciones del artículo 58 de la ley de migraciones.

Este procedimiento excepcional incluye una audiencia única, virtual o presencial, que no podrá exceder las 24 horas desde que se hizo la retención administrativa del extranjero llevada a cabo por la Policía Nacional.

Asimismo, esta medida consta de una fase instructora y otra sancionadora, que empieza con la imputación de cargos de la autoridad instructora de migraciones, con un reporte de la Policía Nacional y concluye con la notificación de la resolución de la autoridad sancionadora.

Si en el proceso se comprueba la infracción, Migraciones emitirá una resolución de sanción que ordena la expulsión inmediata, pero si se necesitan actuaciones adicionales, el caso será derivado a las disposiciones del procedimiento administrativo ordinario.

Por su parte, las empresas de transporte interprovincial también estarán sujetas a sanciones, bajo la nueva ley, por trasladar a extranjeros irregulares.

La Superintendencia de Migraciones también está facultada para sancionar a los operadores de transporte marítimo, fluvial o lacustre que deben enviar la información de registro y control de tripulantes, antes de las 48 horas de su arribo o zarpe al territorio peruano.

Asimismo, la norma permite a Migraciones fiscalizar los servicios de hospedaje, que tienen la obligación de facilitar las acciones de verificación migratoria, pues en caso contrario pueden ser sancionados.

El presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, declaró el lunes que los migrantes irregulares "tienen que regresar a su país, así de claro y sencillo, esa es la decisión que ha tomado el Gobierno".

"Acá vienen las personas que nuestro país admite que vengan, no es un país al que pueda ingresar quien le de la gana vulnerando las normas, acá lo que hay que asegurar es la paz y la seguridad de 33 millones de peruanos", sostuvo.

Otárola elogió, en ese sentido, a los 210.000 migrantes "responsables" que se acogieron a una amnistía para regularizar su permanencia en el país, como parte de una medida especial que culminó el viernes pasado.

La Superintendencia de Migraciones informó el sábado pasado que Perú ha recibido en seis meses 214.633 solicitudes para obtener el Permiso Temporal de Permanencia (PTP), que permite regularizar la situación migratoria de los extranjeros.

Añadió que el 94% de los solicitantes de este permiso, cuyo trámite venció el viernes, son venezolanos, el 2,4% colombianos, el 0,9% cubanos, el 0,6% ecuatorianos y el 1,8% de otros países.

Una de las condiciones para acceder a este documento es no tener antecedentes penales, policiales y judiciales en Perú o en el exterior, ni registrar alertas en el sistema de la organización de Policía Internacional (Interpol).
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