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Fallo histórico de responsabilidad climática: ¿Qué implica la decisión del Tribunal Europeo de DD.HH.?

La sentencia de la corte implica una obligación legal para las autoridades de Suiza de abordar mayores y mejores medidas para afrontar la crisis medioambiental, un fallo que podría ser importante precedente para otros países.

09 de Abril de 2024 | 11:30 | Agencias / Equipo Multimedia Emol
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) estableció un importante precedente en su jurisprudencia, al considerar que se puede responsabilizar a un Estado por inacción y por no aplicar políticas para atenuar el cambio climático, en la medida en que está afectando a los derechos humanos de los ciudadanos.

En una sentencia dada a conocer este martes, por una demanda de una asociación de mujeres de edad avanzada de Suiza, los jueces del Tribunal de Estrasburgo condenaron a ese país por un marco reglamentario con "graves lagunas" en materia climática.

    ¿De qué se trata la sentencia del Tribunal Europeo de DD.HH.?

  • La acción judicial había sido presentada por la asociación suiza "Mayores por la protección del clima" ("Verein Seniorinnen Schweiz"), formada por 2.500 mujeres con un promedio de edad de 73 años.
  • Esta agrupación denunció ante el tribunal que las "deficiencias" de Suiza en política climática "perjudican gravemente su estado de salud".
  • La corte paneuropea falló a favor de la asociación, al considerar que Suiza violó el artículo 8 del Convenio relativo al "derecho al respeto a la vida privada y familiar", así como el artículo 6 sobre el "derecho a un proceso equitativo".
  • Lectura de la sentencia en Estrasburgo. | EFE

  • La Gran Sala interpretó que el artículo 8 del Convenio consagra el derecho a una protección eficaz por parte de las autoridades contra los efectos adversos graves del cambio climático para la vida, la salud, el bienestar y la calidad de vida.
  • En concreto, constatan carencias a la hora de cuantificar los límites que deberían haberse aplicado en Suiza para las emisiones de efecto invernadero, mediante una tasa de carbono u otros medios.
  • Además, señalan que la Confederación Helvética no cumplió con los objetivos de reducción de esas emisiones que se había fijado, y que sus autoridades no pusieron en marcha, ni en el plazo ni de la manera apropiada, una legislación y las medidas pertinentes.
  • ¿Qué alcance tiene este fallo?

  • El Tribunal estimó que esa organización tiene legitimidad para hacer valer los derechos de sus miembros, pero, más allá de este caso particular, su doctrina tiene profundas consecuencias.
  • Aunque el TEDH reconoce que solo es competente para juzgar sobre la base del Convenio Europeo de Derechos Humanos, recuerda que los países europeos han suscrito otros compromisos internacionales.
  • Entre ellos están los Acuerdos de París de 2015, para limitar el calentamiento global a menos de 2 grados centígrados.
  • La corte también dicta que hay "informaciones científicas incontestables" sobre el cambio climático y sus consecuencias.
  • Edificio del Tribunal Europeo de DD.HH. en Estrasburgo. | EFE

  • La sentencia apunta a que "los esfuerzos mundiales actuales en materia de atenuación no bastan para garantizar la realización de ese objetivo", y eso teniendo en cuenta que "la insuficiencia" de lo hecho hasta ahora por las autoridades públicas "tiene como consecuencia agravar los riesgos de consecuencias negativas y las amenazas (...) para el disfrute de los derechos humanos".
  • Aunque evita prescribir políticas concretas, la sentencia sí afirma que "los Estados deben poner en marcha la reglamentación y las medidas necesarias para prevenir (...) una elevación de la temperatura media del planeta a niveles que pudieran tener repercusiones graves e irreversibles para los derechos humanos".
  • La sentencia contra Suiza implica una obligación legal para corregir las violaciones constatadas en el caso de esta asociación de mujeres, dentro de un "margen de apreciación" de las propias autoridades de ese país, pero "bajo la supervisión" del Comité de Ministros del Consejo de Europa.
  • ¿Qué dijo el tribunal respecto a otras dos demandas similares?

  • La sentencia contra Suiza se divulgó el mismo día en que el TEDH declaró inadmisibles otras dos demandas sobre la crisis climática.
  • Entre ellas había una especialmente mediática planteada por seis jóvenes portugueses que estaba respaldada por muchas personalidades y ONG ecologistas.
  • Los jueces europeos la desestimaron por razones formales que a posteriori parecen bastante obvias, ya que esos jóvenes habían acudido a Estrasburgo sin haber lanzado previamente ningún procedimiento ante la Justicia de su país, cuando la regla de oro del TEDH es que es una instancia de último recurso cuando se han agotado las vías internas de un Estado.
  • En su decisión, además de recordar esa regla básica y rechazar la idea de que la urgencia climática les exime de seguir el procedimiento.
  • Un grupo de jóvenes apoyados por Greta Thunberg manifestándose fuera del tribunal. | AFP

  • Los jueces también invalidaron la pretensión de los demandantes de lanzar un procedimiento al mismo tiempo contra 32 países, con el argumento de que hay una responsabilidad colectiva en el cambio climático.
  • Para el Tribunal de Estrasburgo, sin negar esa dimensión global de las causas del calentamiento, está fuera de lugar concederles una jurisdicción extraterritorial e imponer a los Estados una serie de obligaciones hacia los derechos de las personas que se encuentran fuera de su territorio o fuera de su control.
  • La activista ambiental sueca Greta Thunberg, que había acudido a Estrasburgo en apoyo de los jóvenes portugueses, prefirió dejar de lado esa demanda y subrayar el avance que para su causa supone la sentencia contra Suiza.
  • "Muestra la responsabilidad jurídica que tienen los Estados europeos hacia sus ciudadanos, pero también hacia la gente en general. Porque, por supuesto, la crisis climática no tiene fronteras", declaró Thunberg.
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