Están condenados por el delito de usura.
Jaime Bascur, El Mercurio
SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la decisión adoptada por el ministro en visita Juan Cristóbal Mera que otorgó el beneficio de la libertad vigilada intensiva a los hermanos Pedro y Marcos Elgueta Cárcamo, condenados por el delito de usura como responsables de la financiera ilegal Eurolatina.
En fallo unánime, la 12ª Sala del tribunal de alzada capitalino anuló el beneficio para que los sentenciados siguieran cumpliendo pena bajo el sistema de monitoreo telemático (tobillera electrónica), debido a que actualmente, no existen las condiciones para su efectivo cumplimiento, razón por la cual deberán volver a prisión.
"Las penas sustitutivas en general están inspiradas en un propósito de rehabilitación, asociado a diversos grados o niveles de intervención. Sin embargo, también propenden a lograr un control efectivo de su cumplimiento y, en ese contexto, el seguimiento a distancia resulta relevante", plantea el fallo de los ministros Omar Astudillo, Jaime Balmaceda y el abogado (i) Marco Medina.
Añade que "resulta ineludible apuntar que el período de vacancia, y la subsecuente aplicación gradual del monitoreo telemático, no obedecen a un criterio arbitrario, sino que está fundado y sustentado en la necesidad razonable de disponer de los recursos humanos, de las implementaciones tecnológicas y de las capacidades de cobertura que exige esta modalidad de reemplazo de penas las privativas de libertad".
El fallo sostiene que "no es legalmente posible disponer otro medio de control de la pena mixta -diverso de la supervisión tecnológica-, como porque no puede exigirse del Estado su implementación y puesta en marcha, antes del plazo que el ordenamiento jurídico ha señalado para ese efecto".