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Caso Basura: Corte rechazó amparo de concejal preso por corrupción

Marcelo Torres se encuentra en prisión preventiva tras ser formalizado por asociación ilícita, fraude al fisco, cohecho, malversación de fondos públicos y lavado de dinero.

23 de Septiembre de 2015 | 10:09 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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Marcelo Torres permanece en prisión preventiva.

El Mercurio
SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este miércoles el recurso de amparo presentado por el concejal de Maipú, Marcelo Torres, con la intención de dejar sin efecto el fallo que ordenó su prisión preventiva tras ser formalizado en el denominado caso Basura que persigue delitos de asociación ilícita, fraude al fisco, cohecho, malversación de fondos públicos y lavado de dinero.

Según estimó la Séptima Sala del tribunal de alzada, ésta no es competente para conocer lo resuelto por otra sala de la misma corte.

De esta manera, Torres deberá continuar privado de libertad en el anexo Capitán Yáber, donde permanece recluido desde el pasado 9 de septiembre luego que la Corte de Apelaciones le revocara la libertad otorgada por el Noveno Juzgado de Garantía.

Líder de una organización criminal

De acuerdo al ente persecutor penal, el concejal Torres fue quien habría liderado una "organización criminal" para sustraer recursos públicos.

Según su investigación, fue la autoridad comunal la que habría contactado al resto de los 17 imputados para coludirse y recibir sobornos de particulares, específicamente de la empresa KDM.

De esta manera, el concejal habría sido el nexo entre los empresarios y los funcionarios públicos para realizar actos de corrupción, los que generaron ganancias de manera ilícita para las personas involucradas.

En el fallo de primera instancia, el juez Juan Carlos Silva había establecido que los antecedentes expuestos por el Ministerio Público durante la formalización -que se extendió por casi tres semanas- no fueron suficientes para estimar en esta etapa procesal, que se den los presupuestos materiales necesarios para la máxima medida cautelar, esto es, que pueda presumirse la existencia de hechos constitutivos de delitos y la participación de los imputados en ellos.

Asimismo, descartó que existieran evidencias para presumir la existencia de una asociación ilícita.
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