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Paro del Registro Civil: Gobierno adopta medidas para ayudar a ciudadanos extranjeros

A tres semanas de la movilización, el Ejecutivo ordenó, entre otras cosas, la prórroga de la vigencia de las cédulas de identidad, así como también la admisión de certificados de antecedentes vencidos hasta 90 días para trámites migratorios.

20 de Octubre de 2015 | 16:26 | Emol
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Aton
SANTIAGO.- En medio del paro de los funcionarios del Registro Civil, que hoy cumplió tres semanas, el Gobierno ha implementado una serie de medidas para paliar los efectos de la manifestación, relacionados con la obtención de cédula de identidad y solicitudes de visa.

La primera de ellas es la prórroga de la vigencia, hasta el 31 de diciembre de 2015, de todas las cédulas de identidad para extranjeros, vencidas y por vencer, entre el 1 de enero y el 30 de diciembre de este año, para ser utilizadas en diligencias, trámites y gestiones que requieran la exhibición de este documento.

En este sentido, además, el jefe del Departamento de Extranjería y Migración (DEM) del ministerio del Interior, Rodrigo Sandoval, anunció que ni la institución ni las intendencias regionales sancionarán (con multa o amonestación) a las personas que vayan a pedir su cédula de identidad fuera del plazo legal de 30 días, contado desde el momento del estampado de la visa en su pasaporte o la entrega del certificado de permanencia definitiva.

Esto, siempre que hayan registrado tal visa o permanencia definitiva en las oficinas de la PDI dentro de dicho plazo. La medida se mantendrá hasta 30 días después de terminado el paro de funcionarios.

Asimismo, el Gobierno instruyó a la PDI para que autorice la entrada y salida del país en calidad de residente de los extranjeros que, teniendo visación de residencia o permanencia definitiva vigente, no hayan solicitado la obtención de su cédula en el plazo establecido o ésta se encuentre vencida.

Dicho beneficio se entregará bajo una serie de condiciones, como el haber efectuado el registro de visa o permanencia definitiva ante la PDI dentro del
plazo legal y haber acreditado la residencia vigente con su visación estampada en el pasaporte o título de residencia o su certificado de permanencia definitiva.

También, la persona interesada deberá presentar documento de identidad o pasaporte vigente emitidos por su país de origen, según corresponda para residentes del Mercosur o nacionales de otros países; y que la salida y entrada se efectúe hasta dentro de los 30 días siguientes al término del paro del Registro Civil.

Asimismo, si el extranjero, habiendo obtenido su cédula de identidad, se presenta sin ésta por robo o extravío, o presenta una vencida, para la autorización de ingreso o salida debe cumplir las mismas condiciones señaladas anteriormente, así como la exhibición del comprobante de robo o pérdida ante Carabineros de Chile o la Policía de Investigaciones, o comprobante de bloqueo temporal de la cédula de identidad en la página web del Servicio de Registro Civil e Identificación.

En tanto, en lo que respecta a las solicitudes de visa, permanencia definitiva o nacionalización, Extranjería y las gobernaciones provinciales admitirán certificados de antecedentes hasta 90 días de vencidos. Además, acogerán a trámite las solicitudes que se presenten sin el certificado de antecedentes, sin perjuicio de que éste deba acompañarse posteriormente al finalizar el trámite.

Asimismo, y a contar de este miércoles, el DEM, en sus oficinas ubicadas en San Antonio 580, otorgará a las personas extranjeras una clave única para la obtención del certificado de antecedentes en la página web del Servicio de Registro Civil e Identificación.
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